Kurt Viaene se mostró serio a su salida de la prisión. Foto: JOAN TORRES

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PATRiCIO CANDIA/X. G. zegrí La titular del Juzgado de Instrucción 4 de Palma, Piedad Marín, dictó ayer un auto por el cual decreta la libertad bajo fianza de 100.000 euros para la ex gerente del Centre per el Desenvolupament Econòmic de les Illes Balears (CDEIB) Antònia Ordinas, otros 100.000 euros para el ex director general de Promoción Industrial Kurt Viaene, y de 6.000 euros para la soprano y esposa de Ordinas, Isabel Rosselló, todos ellos imputados en el 'caso Scala'.

Ordinas, Viaene y Rosselló permanecían en prisión desde el pasado 1 de octubre por su supuesta participación en una red de corrupción creada en el CDEIB en la pasada legislatura. Varios empresarios, también imputados, han declarado ante la jueza y el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach, que pagaban comisiones por los trabajos encargados por ese organismos público.

La decisión de admitir los recursos de los abogados para la puesta en libertad de sus clientes fue adoptada ayer en una reunión celebrada en el despacho de la juez. Tras el pertinente auto que decreta la libertad con fianza de Ordinas, Viaene y Rosselló, los letrados Gaspar Oliver, Eduardo Valdivia y Jaime Campaner, se pusieron manos a la obra para reunir el dinero.

El primero en afianzar los 100.000 euros exigidos por la jueza fue Viaene, que abandonó la cárcel pasada las siete de la tarde. Poco después lo hizo Rosselló. En cambio, Ordinas, seguía ayer intentando reunir los 100.000 euros para constituir su fianza. Su puesta en libertad es cuestión de horas, según su abogado Eduardo Valdivia.

Los argumentos expuestos por los abogados para solicitar la puesta en libertad de sus clientes fue determinante. Gaspar Oliver, letrado de Kurt Viaene, insistió en que la prisión preventiva «no puede tener el carácter de pena anticipada», y para respaldar su argumento citó «copiosa jurisprudencia» del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. «Han establecido (ambas altas instancias) que la prisión provisional nunca puede tener el carácter de pena anticipada. Se trata, simplemente, de asegurar la presencia del inculpado al acto del juicio oral», añade Oliver en su escrito.