La reforma laboral aprobada el 16 de junio por el Consejo de Ministros y ratificada el 22 del mismo mes por el Congreso de los Diputados mantiene intactas las condiciones de los contratos suscritos antes del 18 de junio, fecha en que entró en vigor el Real-Decreto Ley 10/2010 de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo.
Pero aunque la redacción de los contratos anteriores al 18 de junio no varíe, todos los trabajadores asalariados por cuenta ajena pueden verse afectados por las nuevas causas de despido económico, que facilita un despido más rápido y barato para el empresario, tal y como han denunciado reiteradamente las organizaciones sindicales mayoritarias de las Islas.
n Cambios en los contratos. Los trabajadores que disponen de un contrato indefinido (empleo fijo) mantienen los derechos de indemnización por despido improcedente que figuren en sus contatos, 45 días por año trabajado o 33 días. Para los trabajadores que estén en paro o contratados temporalmente, las posibilidades de lograr un contrato indefinido se reducen casi exclusivamente al modelo de 33 días por año trabajado que se universaliza con esta reforma y que se aplicará a todos los contratos que se firmen desde la entrada en vigor del decreto.
n Situación económica negativa. A pesar de lo dicho anteriormente, cualquier trabajador puede acabar cobrando una indemnización de 20 días de despido por año si de los resultados de su empresa se desprende «una situación económica negativa».
n Despido. Antes de la entrada en vigor de la reforma la indemnización de 20 días por año ya existía, pero el despido económico resultaba mucho más difícil de justificar en los tribunales. Aunque la regulación del despido por motivos económicos se perfila como la más susceptible de sufrir modificaciones en el trámite parlamentario.
n Convenios. En relación a las medidas de flexibilidad interna, es decir que lo acordado por empresarios y sindicatos prevalezca sobre el convenio sectorial en cuanto a política salarial y la mayor flexibilidad en la organización del trabajo, el decreto fija que los procedimientos ya en tramitación no se verán afectados por la nueva norma.
Hay que recordar que los sindicatos mayoritarios han convocado una huelga general para el día 29 de septiembre en contra del decreto.
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