EFE - ESPAÑA CASO NOÓS - IHU - Actos sociales casa real;Justicia e interior - GRA052. BARCELONA, 05/04/2013.- La infanta Cristina , imputada por el juez Castro en relación con el caso Nóos, a su llegada esta mañana a la sede central de la Caixa en la avenida de la Diagonal en Barcelona para incorporarse a su puesto de trabajo. EFE/Andreu Dalmau ESPAÑA CASO NOÓS - Barcelona - Cataluña - Andreu Dalmau - vls | Andreu Dalmau - EFE - EFE

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«Arbitraria e inquisitiva». Así califican los abogados de la infanta Cristina su imputación en el ‘caso Nóos', e insisten en que no hay «delito ni indicios incriminatorios» que avalen la decisión del juez José Castro de citarla en calidad de imputada.

La defensa de la hija del Rey se ha dirigido al magistrado para anunciarle su adhesión al escrito del fiscal anticorrupción Pedro Horrach, y le anuncia que «comparte en su totalidad las alegaciones esgrimidas por el ministerio fiscal».

Entre esas alegaciones destaca «la vulneración del principio de igualdad; la inexistencia de indicios incriminatorios previos; la inexistencia de infracción penal; la inexistencia de elementos incriminatorios contra S.A.R. doña Cristina de Borbón respecto a delitos contra la Hacienda Pública y la vulneración del principio acusatorio».

Por ahora, sólo la acusación popular en la causa ejercida por Manos Limpias apoya la decisión del juez Castro de imputar a la esposa de Iñaki Urdangarin, ya que la Abogacía del Estado se opone y el Govern ha comunicado que no presentará escrito alguno, ni a favor ni en contra de que la Infanta comparezca como encausada.

Indicios

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Los abogados de la hija del Rey afirman en el escrito que «con el objeto de evitar imputaciones arbitrarias es preciso que que exista coherencia metodológica entre el modo de proceder con los indicios de criminalidad suficientes para poder dirigir un procedimiento contra alguien, imputándole, y el modo de hacerlo con los indicios suficientes para enervar definitivamente el principio de presunción de inocencia y fundamentar una hipotética sentencia condenatoria».

Sobre las dudas del juez acerca de si la Infanta conocía que su esposo estaba obteniendo un trato privilegiado, dicen que son una «mera conjetura» o «suposición sin fundamento» y afirman que, en el actual momento de la instrucción, que está en su recta final, «las meras sospechas o dudas ya no pueden dar lugar a una imputación tardía», que califican de «extemporánea».

Con la sospecha de que conocía eventuales hechos delictivos, según los defensores de la infanta, el juez le imputa «una responsabilidad por omisión» en Nóos, por no haber retirado su nombre de dicho instituto. Los abogados recuerdan que la iInfanta apoya a varias instituciones, en las que sus empleados son quienes deben velar por su adecuación a la legalidad.

Añaden que en el presente supuesto, «nos encontramos, no con una, sino con varias resoluciones judiciales dictadas en 2012 que han afirmado que esos supuestos indicios suficientes para imputar a nuestra defendida, sencillamente, jamás han llegado a existir».

La Sección Segunda de la Audiencia de Palma se pronunciará en breve sobre los recursos de apelación presentados contra el auto del juez Castro, en el que imputaba a la esposa de Urdangarin y la citaba a declarar el 27 de abril en Palma. La declaración fue suspendida hasta conocer la decisión del tribunal.