El titular del Juzgado de Instrucción 3 de Palma había solicitado a las partes personadas que se pronunciaran sobre el escrito del abogado de García Revenga, en el que sostiene que no hay indicios concretos de hechos delictivos contra su cliente.
La defensa del secretario de las infantas Elena y Cristina, sobre cuya petición de sobreseimiento debe pronunciarse el magistrado, subraya además que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears apreció el pasado mes de mayo que la conducta atribuida a su patrocinado «es penalmente irrelevante», descartando en concreto su imputación por un delito contra la Hacienda Pública, pues «no existe dato alguno que justifique la imputación de irregularidad fiscal alguna a Carlos García Revenga», como tampoco de un supuesto ilícito de tráfico de influencias.
Revenga recuerda que fue citado como imputado (el pasado 29 de enero) en una providencia que «no atribuía hechos concretos de carácter delictivo» contra él, más allá de su vinculación formal a Nóos, «que no material», entre el 23 de septiembre de 2003 y el 20 de marzo de 2006.
1 comentario
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Ya empezamos a archivar. Luego seguirán otros. Una vergüenza de país, esto hace daño a la democracia y opreso la mayoría no se cree nada de lo que nos cuentan. Empezando desde lo más alto, todo comedia y enriquecerse. Que asco!!