Y así, en la página 154 de las 227 que forman el auto se asegura, en relación al posible delito fiscal de la infanta, lo siguiente: "para saber si en definitiva estas apreciaciones serán o no ciertas habrá que esperar al resultado que arroje la instrucción, pero 'a priori' y sin más no pueden ser compartidas por este juzgado, que no cree hacer tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario, por que se pretenda preguntar por los pormenores de tales hechos a quien era partícipe al 50% de Aizoon S.L., esposa del titular del resto del capital social, que tenía el domicilio social en el suyo propio y que además se lucró cuando menos en la mitad del importe defraudado".
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