Los peritos de la Agencia Tributaria desvincularon el pasado mes de enero ante el juez del 'caso Nóos' las presuntas irregularidades cometidas por las empresas en las retenciones a las retribuciones percibidas por Iñaki Urdangarin, de los delitos fiscales que atribuyen al yerno del Rey en los ejercicios fiscales de 2007 y 2008.
Mario Pascual, abogado de Urdangarin, preguntó en varias ocasiones durante el desarrollo del interrogatorio si esa cuestión tenía incidencia en la imputación de fraude fiscal a su cliente. Los peritos le respondieron que «ninguna».
El juez José Castro ha solicitado a Hacienda que confirme si Urdangarin defraudó en el IRPF antes de concluir sus investigaciones.
Retribuciones
Según la Agencia Tributaria, Urdangarin, a través de la sociedad Aizoon, cuya propiedad comparte con su esposa, la infanta Cristina, percibió retribuciones procedentes de entidades privadas por su condición de consejero asesor. Esos rendimientos, sin embargo, eran facturados a través de Aizoon con el fin de tributar menos en su declaración de la renta.
El fisco cuantifica en un total de 699.720 euros los ingresos netos obtenidos por la prestación de este tipo de servicios en 2007; en 451.888 en 2008; 378.734 en 2009 y 106.463 en 2010, cantidades que, según los técnicos de la Agencia Tributaria, deben ser consideradas rentas de Urdangarin e integrarse en su IRPF. Así, hasta un total de 1,6 millones de euros de los 1,7 que ingresó Aizoon durante esos años -el resto de rendimientos corresponden a financieros y de alquiler-.
El yerno del Rey percibió los ingresos los percibió de las mercantiles Motorpress Ibérica, Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard (Francia), Havas Sports France y Seeliger y Conde.
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