El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha elevado a la Audiencia Provincial de Baleares el recurso de apelación interpuesto por la Infanta Cristina contra la negativa del juez de reducirle a 449.000 euros la fianza civil de 2,7 millones que impuso a la acusada en el auto con el que el pasado mes de diciembre acordó abrir juicio oral contra ella.
El tribunal de la Sección Segunda será así el encargado de resolver sobre la petición de Cristina de Borbón, cuya defensa considera desproporcionada la cantidad impuesta en relación con las responsabilidades económicas que, en el hipotético caso de ser condenada, «correspondería exigirle». La Fiscalía Anticorrupción se adhirió a su petición.
En su recurso, los abogados de la Infanta lamentan además los «reproches, incluso de carácter personal» que consideran que pone de manifiesto Castro en sus autos, cuando la hermana menor del Rey intenta ejercer de forma legítima su derecho de defensa de los dos delitos contra la Hacienda Pública por de los que le acusa.
«Exceden del cometido propio del órgano judicial instructor y, por tanto, se convierten en jurídicamente reprobables», sostienen Miquel Roca y Jesús-María Silva, quienes lamentan que el magistrado haya apreciado «de forma sistemática» las circunstancias adversas pero no las favorables para la Infanta, acogiendo «siempre como mejor doctrina y de aplicación al caso la interpretación menos favorable para ella».
En un duro auto, Castro desestimó rebajar la petición cursada por doña Cristina, recordando que la caución de 2,7 millones de euros fue decretada para asegurar el pago de la multa que, en su día y de darse el caso, se le pudiera imponer a la Infanta por los dos delitos contra la Hacienda Pública que pesan sobre ella y por los que Manos Limpias, única acusación que reclama responsabilidades penales contra la inculpada, solicita ocho años de cárcel. Incrementando además tal cantidad en un tercio, tal y como dispone la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim).
De hecho, la fianza impuesta responde a la multa de 2,022 millones de euros que reclamaba el sindicato en su escrito de acusación y que, incrementada en un tercio, daba como resultado los 2,7 millones impuestos.
Entre los argumentos esgrimidos por la Infanta, el juez rebate el alegato de que concurre en ella «una indiscutible atenuante» por haber ingresado, en diciembre de 2014, entre otras cantidades, 168.571 euros dirigidos a reparar el 50 por ciento del «daño» que su marido, Iñaki Urdangarin, habría provocado defraudando a Hacienda a través de la empresa de la que ambos son copropietarios, Aizoon.
LA INFANTA «NUNCA SE OFRECIÓ VOLUNTARIAMENTE A DAR SU VERSIÓN»
Ante esto, Castro asevera que se trata de una cuestión «controvertida» y «aún más si se toma en consideración la actitud de doña Cristina, quien nunca se ofreció voluntariamente a dar su versión de los hechos» y que «incluso ante su inicial convocatoria judicial se negó a hacerlo hasta que a su estrategia procesal le convino lo contrario».
Además, recuerda cómo en la declaración que prestó la imputada, el 8 de febrero de 2014, «no se advirtió ni el más mínimo reconocimiento de los hechos ni tan siquiera a título de error o imprevisión, actitudes que son totalmente legítimas en el marco jurídico pero escasamente afines a la de quien dice haberse prestado a reparar un daño».
NO HA TENIDO «LA MENOR INTENCIÓN» DE REPARAR EL DAÑO
Castro recalca incluso que la explicación a este «trabalenguas» radica en que la Duquesa «nunca tuvo la menor intención de llevar a cabo esa reparación como lo evidencia, por mucho que la legalidad le ampare a hacerlo, que nunca ha admitido la causación de tal daño, ni a título de dolo ni de culpa, ni a título de partícipe a título lucrativo ni de cooperador necesario de ningún delito contra la Hacienda Pública».
Incluso remarca el hecho de que la Infanta sólo se decidiese a pagar una parte del dinero -587.413 euros- cuando supo que la Fiscalía y Hacienda acabaron por atribuirle una participación a título lucrativo en las actividades supuestamente delictivas de su marido, y que lo hiciese por aquella cantidad cuando, «si lo que pretendía era simplemente reparar el daño causado, le hubiera bastado con consignar los 168.571 euros que le reclamaba la Abogacía del Estado» en representación de Hacienda.
«No tiene sentido reparar un daño en cuantía superior a la que el propio perjudicado reclama», añade el magistrado. A su juicio, lo que en realidad trataba la Infanta era de «afianzar, no reparar, las responsabilidaddes que pudieran» serle imputadas por su supuesta participación en los delitos cometidos por Urdangarin, que «nunca ha admitido y es más que dudoso que lo haga, y en su derecho está».
Y «dato revelador», prosigue en su auto, es que la suma que consignó en su día permanece depositada en la cuenta del Juzgado «sin que absolutamente nadie haya interesado su entrega o puesta a disposición de la Agencia Tributaria, que, por demás, tratándose de acreedora privilegiada, no precisa de los mismos estímulos externos que una víctima privada para que se haga efectivo su derecho a la reparación».
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