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La Audiencia Provincial ha desestimado la reclamación de una compañía aseguradora contra cuatro médicos de una clínica de Palma. La mutua pedía que los facultativos abonaran 146.791 euros por la muerte de un paciente en el año 2000 a raíz de un fallo en el diagnóstico: los médicos atribuyeron un fuerte dolor a una pancreatitis cuando, en realidad era una peritonitis séptica a raíz de una intervención quirúrgica previa. La infección se complicó porque el paciente no fue operado de urgencia y unos días después, falleció.

A raíz de este caso, la familia del fallecido puso una denuncia por un homicidio imprudente contra los médicos. Un juzgado de lo Penal de Palma les absolvió en 2006. Los familiares actuaron en la vía civil contra el seguro y, en 2009, la compañía fue condenada a pagarles 133.000 euros como indemnización por la muerte de su familiar.

Ahora, la mutua intentaba repercutir esa responsabilidad civil sobre los médicos y sus seguros profesionales. Esa posibilidad, más de una década después del proceso penal fue combatida por las defensas de los cuatro facultativos, así como contra cuáles se podía estudiar o no la demanda. Tanto la Audiencia como antes un juzgado de Primera Instancia admiten la posibilidad de la reclamación y, sin embargo, les exculpan al no apreciar que los médicos actuaran mal. La sentencia es recurrible.