Iñaki Urdangarin (2d) y Diego Torres (d) en una imagen tomada de la pantalla de la sala de prensa de la Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP), donde se celebró el juicio del caso Nóos. | Efe

TW
17

La fiscal de Tribunal Supremo Ángeles Garrido ha defendido este miércoles un incremento de las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca para el marido de la Infanta Cristina, Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres por considerarles «motor de toda la secuencia» de los delitos cometidos mediante el Instituto Nóos. Para el primero ha solicitado que se incremente la condena inicial de 6 años y 3 meses de prisión hasta los 10 años.

En una intervención de carácter muy técnico la representante del Ministerio Público ha defendido en la vista pública celebrada en el alto tribunal la aplicación de tipos agravados a las penas inicialmente impuestas para ambos y para el expresidente balear Jaume Matas por los delitos de malversación de caudales públicos, al tratarse de un «delito bilateral» en el que es necesario el concurso de todas las partes.

«En la administración pública no puede hacerse todo lo que uno quiera, no rige el principio de autonomía de la voluntad», ha señalado la fiscal para justificar la comisión también de los delitos de prevaricación.

Urdangarin fue condenado a seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.533,68 euros por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación (dos años y ocho meses de prisión), uno de fraude a la Administración pública (siete meses), uno de tráfico de influencias (un año) y dos delitos contra la Hacienda Pública (un año cada uno) y a responsabilidad civil.

La pena impuesta fue no obstante bastante inferior a los 19 años de cárcel que pedía para él inicialmente la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en Baleares, la Comunidad Valenciana y Madrid y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.

Recálculo

Noticias relacionadas

Tanto la Fiscalía como la representante de la Abogacía del Estado han solicitado al Supremo un nuevo cálculo del daño patrimonial producido por los condenados, y que para ello se aplique la jurisprudencia de la Sala fijada de acuerdo con la sentencia dictada en 1992 en el caso de la 'colza'.

En el recurso presentado ante el Supremo Urdangarin también rechaza la cuantificación de las cantidades presuntamente sustraídas que hace la Fiscalía pero, al contrario que hace la Fiscalía y la Abogacía del Estado, su defensa rechaza que tanto él como su exsocio Diego Torres incumplieran las exigencias legales que se incluían en los contratos que firmaron con el Instituto Balear de Turismo para la celebración de Illes Balears Forum en 2005 y 2006, por los que cobraron unos 2 millones de euros.

Respecto de los hechos cometidos por Urdangarin y su socio en la Comunidad Valenciana, que no fueron tomados en consideración por la Audiencia de Palma, la Fiscalía pide que también se consideren para las condenas, ya que son «cronológicamente paralelos» y con idéntico desarrollo a los foros deportivos organizados en Baleares por Nóos, una organización que supuestamente nació para impulsar el deporte en las islas y no tenía ánimo de lucro.

Muy al contrario, en todas sus operaciones existió una «omisión absoluta de un procedimiento administrativo» que hubiera situado su actuación en igualdad de condiciones al de otras organizaciones en el mercado según la fiscal, que ha añadido que la conclusión es que se hicieron «tres contratos falsos» cuyos gastos no se justificaron «en nada».

Los magistrados Manuel Marchena, Miguel Colmenero, Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo firmarán la sentencia de casación que podría revisar la dictada el 17 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Dicha resolución que rebajó notablemente las penas que pedía la Fiscalía a los principales acusados en este procedimiento, que se originó como pieza separada del caso Palma Arena por las actividades delictivas que realizó el exduque con su exsocio Diego Torres mediante el instituto Nóos, que se suponía realizaba su labor sin ánimo de lucro.