La condición para poder llevar a cabo alquiler turístico en una vivienda es tener la licencia de Turisme. Hasta el momento se podían dar de alta las viviendas unifamiliares. Una vez entre en vigor la zonificación, podrán obtener permiso las casas que estén una de las zonas aptas para ello.

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Los propietarios de viviendas que las alquilen por días y/o semanas sin la correspondiente licencia turística estarán obligados a demostrar que no se realiza arrendamiento vacacional en caso de que así se lo soliciten los inspectores de Turisme de la Conselleria. El director general de Turisme, Antoni Sansó, explicó que si bien la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite los contratos de alquiler por períodos cortos, de a partir de un día, en caso de que este alquiler conlleve comercialización turística, la Administración autonómica ya puede actuar, que es la que tiene las competencias en la regulación del alquiler turístico.

La ley aprobada el pasado año por el Govern establece que en los alquileres de menos de un mes, la Administración presupone que es turístico, por lo que el propietario tendrá que justificar que no lo es. Esto significa que tendrá que demostrar que no se ha producido ninguna comercialización turística.

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A modo de ejemplo, en caso de que los servicios de Inspección turística reciban una denuncia de un vecino alertando de trasiego de inquilinos en alguna vivienda sin la correspondiente licencia, los funcionarios actuarán. «Es muy difícil que una vivienda cambie con mucha frecuencia de inquilinos sin ningún tipo de comercialización», reconoció Sansó. Sin embargo, los propietarios que alquilen su piso por semanas o un mes a los mismos inquilinos de cada verano, sin ningún tipo de publicidad, no infringirán la ley siempre y cuando se firme un contrato LAU. «Nosotros lo que perseguimos es la comercialización, que es en lo que incide nuestra normativa», destacó el director general.

Precisamente las plataformas comercializadoras y las inmobiliarias centrarán, un verano más, el foco de la Inspección turística. Sansó detalló que se han enviado de nuevo cartas para informar de la normativa vigente y que advierten de que su incumplimiento puede conllevar sanciones de entre 200.000 y 400.000 euros. De este modo, cualquier vivienda turística que se oferte en internet o en cualquier otro canal tiene que llevar inscrito su número de registro.