Imagen de archivo de una vivienda que se ofrece al alquiler turístico. | ARCHIVO

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Este 30 de julio es el día D. Desde este lunes entra en vigor la zonificación del alquiler vacacional en Mallorca. Después de meses de debate y estudio, su aprobación llegó el pasado 27 de julio y son muchos los propietarios que han manifestado sus dudas sobre qué deben hacer finalmente para destinar su vivienda al alquiler vacacional.

Aquí te informamos de siete asuntos importantes que debes saber, explicados por el Consell de Mallorca:

■ Si la vivienda que alquilas ya tienen la autorización de la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme, la zonificación no afecta a estas plazas.

■ A partir de este lunes, 30 de julio de 2018, se pueden solicitar en la sede de la citada Conselleria las autorizaciones para alquiler turístico.

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■ La modalidad de estancia turísticas en pisos de 60 días es un tipo de alquiler vacacional que permite alquiler tu casa con un máximo de 60 días al año. En cualquier caso, debe ser la vivienda principal de la persona propietaria, que tiene que estar empadronada en ella. Por otra lado, no se puede alquilar los dos meses de julio y agosto, se tiene que optar por uno de los dos meses y por cualquier otro mes del resto del año.

■ Para conseguir dicha autorización es imprescindible presentar la cédula de habitabilidad.

■ La Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme es la que marca los criterios que debe cumplir esa vivienda para poder obtener la autorización.

■ Es necesario que tu ayuntamiento te dé el certificado que acredite que tu casa se encuentra en una zona apta para la comercialización.

■ Si tu casa está en Palma, debes consultar la zonificación realizada por el Ayuntamiento de Palma.