El primero en aplicar este criterio fue el presidente de la Audiencia, Diego Gómez-Reino. En varias resoluciones en abril ya absolvió a varios condenados por un delito leve de usurpación, castigado con penas de multa. Esta línea se ha extendido, ya es unánime en la Sección Segunda de la Audiencia y mayoritaria en la Primera. Se trata de asuntos que resuelve un magistrado en solitario y no de forma colegiada. Lo que interpretan los jueces es que el delito protege la posesión efectiva del inmueble y que, en la mayoría de los casos protagonizados por bancos no se cumple esa condición.
El caso de la sentencia del pasado cinco de septiembre, firmada por el magistrado Jaime Tártalo, presidente de la Sección Primera, es una denuncia de Bankia contra un matrimonio con un hijo que había entrado en una vivienda de la barriada de es Rafal Vell y que permanece en ella. La entidad había obtenido la propiedad tras un impago hipotecario y había pactado una dación en pago con los anteriores dueños en mayo de 2015. La ocupación se produjo en agosto de 2016. La resolución de la Audiencia reprocha al banco que no haya acreditado a lo largo de todo el procedimiento una posesión efectiva durante el año y tres meses en los que el piso estuvo vacío. Así, la entidad no había aportado recibos de gastos de luz, agua o comunidad o que lo hubiera puesto a la venta. Ni siquiera ningún representante de la entidad acudió al juicio en el que fue condenada la pareja a una pena de multa de 1.200 euros. Contra esta sentencia recurrió la pareja, representada por el letrado Miguel Ángel Villalonga.
La sentencia señala que la entidad denunciante «no ha probado qué es lo que hizo con la vivienda durante el año y medio que la tuvo a su disposición y, aunque es razonable no exigir a la entidad que inmediatamente después de adquirida la ponga en el mercado inmobiliario, sí que el trascurso de casi un año y medio es un plazo prudencialmente razonable». Concluye el magistrado que la entidad sólo reaccionó cuando tuvo conocimiento de que alguien había entrado en la casa. El criterio de la Audiencia arrastra a los juzgados de Instrucción de Palma.
41 comentarios
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Desde luego la mayoría de vuestros comentarios pareciera q fuerais el mismo banco Q pasa q el banco OS paga un plus por ayudarle a echar familias enteras con niños a la calle A no Q también OS roba a vosotros con este rollo de la crisis Y teniendo q rescatarles Estáis perdiendo vuestra humanidad en el camino ya no sabéis distinguir la realidad No OS da pena los niños q quedan en la calle O los ancianos buscando alimentos en la basura después de ser desahuciados Para vosotros todos son drogadictos pq no llegan a vuestro estatus social de comodidad Para q poneros en lugar de otros Ahora criticar juzgar OS encanta Pobre sociedad anestesiada Seguir viendo el de luxe o mujeres hom. Vicev. Seguir dormiditos dulces borregos
Ole!! se han cargado el derecho a la propiedad privada, ahora ya adelante okupas via libre!!!
¡¡ Ostras!! Mil gracias a los jueces de la audiencia. Necesitaba un picadero y un lugar donde montar alguna que otra fiestecilla. Mañana mismo me pongo a buscar un pisito; no, mejor un chaletito en manos de un banco y me lo ajencio para un par de años. Mientras me echan y no me echan, lo disfrutaré como segunda residencia. Gracias, señores jueces, gracias.
Esto ya es de traca. Por la noche uno que tiene que ir al tanto porque la ciudad NO ES SEGURA, está lleno de gentuza y encima les dan cobijo gratis. ESTA GENTE DE REYES CATOLICOS, aparte de molestar y robar a los vecinos para apoderarse de la finca y así ser los amos de ahí, VENDEN DROGA en el mismo edificio. Los de siempre pagando, y el gobierno defendiendo a la escoria. Esa zona es buena, aunque esté cerca de Son Gotleu, pero si el Consell deja a esa gente hacer estas cosas se cargarán la barriada y yo no lo permitiré. Mi voto no lo tendrán y lo tendrá quien pare esto.
Me parece muy bien que a los bancos les obliguen, aunque sea de este modo, a sacar al mercado las viviendas vacías. Ejecutan el desahucio a toda prisa, pero luego pueden permitirse tener el piso vacío , sin generar ningún ingreso, para especular y venderlo cuando el mercado les sea más rentable. No estoy de acuerdo con la okupacion de viviendas, pero en este caso, me parece un instrumento muy útil de disuasión de sacar rentabilidad con el hogar de quien no pudo, circunstancialmente, hacerse cargo de unas cuotas hipotecarias, en algunos , incluso casos abusivas.
Claro, el banco siempre es el malo y seguro que los okupas pagan los recibos y la comunidad. Un okupa no es mas que un delincuente de la peor calaña que en cualquier pais de orden recibiria un duro castigo. Tu casa no es tu casa hasta que la has pagado enterita, si no, es del banco. Y si es alquilada, no es tuya aunque lleves 50 años. Parece que alguno no entienden el concepto de propiedad privada. Tanto les cuesta?
Los bancos se comportan como okupas cuando alguien no puede pagar su hipoteca. Mantienen el piso cerrado y lo dejan pudrir antes que bajar precios, que ya es grave. Pero lo peor es que no pagan ningún gasto de mantenimiento, luz, agua, etc. Es decir, de cara a los demás vecinos, que tienen que pagar a escote la parte del banco, peor que un okupa!
Pues a mí me parece bien. Según he entendido yo, un particular sí puede denunciar por lo penal a quien haya ocupado su vivienda ilegalmente; es a los bancos que no se lo están permitiendo ahora. Me parece una buena medida para que, ya que ejecutan las hipotecas y echan a la gente de sus casas cuando no pueden pagarla, que se ocupen de ellas, que paguen la comunidad como hacemos todos, y el resto de obligaciones. Lo peor que te puede pasar es ser vecino de un piso que se ha quedado el banco porque no se ocupan de nada!
Una sociedad se va al garete cuando se atenta contra la propiedad privada y las demás libertades fundamentales. Qué nos quieren instruir, a que no paguemos y vivir todos como okupas!?
La Justicia dando la razón y protegiendo a quien no debe. Qué país!!