El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz. | Juan Carlos Cárdenas

TW
5

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha aceptado el recurso de la antigua cúpula de Sa Nostra y anula el auto del juez Santiago Pedraz que iniciaba los trámites para juzgarlos por el caso de Son Bordoy. El tribunal señala que la resolución que cerraba la fase de instrucción era inconcreta y no explicaba en base a qué actuaciones apreciaba indicios de delitos de apropiación indebida y administración desleal.

Noticias relacionadas

El tribunal reprocha al juez Pedraz que, en su resolución «no se hace mención a los acuerdos concretos que habrían generado el perjuicio para la caja de ahorros, ni tan siquiera la cuantía de dicho perjuicio, ni el destino de los fondos presuntamente desviados, ni la concreta intervención de cada uno de los investigados». El instructor se remitía a la existencia de «una serie de operaciones de financiación» que atribuía a los investigados: los exdirectores generales Pere Batle y Pau Dols, el directivo Rafael Gerard, el empresario Martín Gual y el apoderado de las empresas de éste, Javier Collado.

La resolución considera que el laconismo del auto de pase a procedimiento abreviado impide una defensa por parte de los investigados. De esta forma anula toda la resolución y no entra a aclarar el resto de argumentos de Batle y Dols, defendidos por el abogado Eduardo Valdivia. Esta decisión pone en punto muerto el procedimiento cuando arrancaban los trámites para el juicio y se estaba a la espera de que la Fiscalía concretara su acusación y su petición de pena para los encausados. El instructor tendrá que dictar una nueva resolución en la que concrete más los posibles delitos y, en base a esta, la Sala de lo Penal tendrá que valorar otros argumentos como la posible prescripción de los delitos.