La resolución de la Conselleria de Salut que abre la puerta a adoptar restricciones a la movilidad en determinadas zonas –algo que el Govern empezó a analizar este lunes– y que faculta a entregar a la policía listados de personas confinadas, «se encuentra amparada en normas de rango de ley y basadas en criterios de proporcionalidad», según concluye un auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Palma que ratifica la norma publicada en el BOIB del pasado sábado.
Según el parecer de la jueza que lo firma, la magistrada Cristina Velasco Jiménez, «aunque hayan podido plantearse dudas acerca de la naturaleza jurídica de medidas del estilo de las sometidas a ratificación, lo cierto es que se trata de medidas extraordinarias que persiguen una finalidad constitucionalmente legítima».
Eso sí, la jueza no zanja otro tipo de recursos y actuaciones ante los propios tribunales. Su auto precisa que la ratificación no impide que «los actos de aplicación individual que puedan dictarse estén sujetos a sus propios mecanismos de control jurisdiccional con arreglo a la legislación vigente».
Este lunes, antes de que se difundiera el auto, la consellera de Presidència y portavoz del Ejecutivo, Pilar Costa, señaló que «hasta el momento todos los acuerdos y resoluciones han sido ratificados», a la vez que mostró el «máximo respeto» a cualquier decisión derivada de «esta situación extraordinaria que estamos viviendo» a raíz de la pandemia por el coronavirus.
Las nuevas restricciones
Costa se expresó así después de la reunión del Consell de Govern en la que, de acuerdo a lo recogido por la resolución ratificada por el juzgado de lo Contencioso, se facultaba a la Conselleria de Salut a adoptar medidas extraordinarias de carácter restrictivo y que podrán ser: limitar las circulación por espacios públicos, reducir el número de personas que pueden reunirse (ahora son 10), suspender o limitar las capacidad, horarios e, incluso actividad de establecimientos comerciales y de restauración; limitar reuniones religiosas, suspender ferias o fiestas populares, reducir el límite de visitas a residencias y centros sociales, y cancelar cualquier evento de carácter multitudinario.
La Conselleria de Salut será la que analice, a partir de este martes, qué zonas pueden verse afectadas. Es previsible, pero todavía no se ha tomado una decisión en firme, que barrios como Son Gotleu puedan estrenar estas limitaciones. Y también municipios como Binissalem o Llucmajor. Cualquier medida tendría una duración inicial de 15 días que luego se iría prorrogando.
La consellera Costa se negó a utilizar la expresión «toque de queda» para referirse a la prohibición de salir a la calle durante algunas horas –hace unos días se dio por seguro que en las zonas afectadas se impediría la circulación por la noche– escudándose en que el texto legal no utilizaba esta expresión. También puso empeño en señalar que facilitar un listado de confinamientos no es revelación de datos médicos.
El Govern amplió en 50 millones el presupuesto del Servei de Salut para sufragar gastos como la compra de mascarillas, materiales y equipos así como contratación de personal. Según el Ejecutivo, el personal sanitario ha aumentado en 900 personas.
15 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
Eso sí, la jueza no zanja otro tipo de recursos y actuaciones ante los propios tribunales. Su auto precisa que la ratificación no impide que «los actos de aplicación individual que puedan dictarse estén sujetos a sus propios mecanismos de control jurisdiccional con arreglo a la legislación vigente».
@Azrael y a otros parece que les da igual vivir en un estado autoritario. No se trata de si las medidas están bien o están mal, o de si te parecen bien o mal, se trata de que NO TIENEN AUTORIDAD LEGAL PARA TOMARLAS. Pero bueno, tal y como has comentado tu, hay gente que se piensa que esto es la edad media. Pues nada, ve regalando tus derechos fundamentales a cambio de "seguridad".
"vosotros a lo vuestro regalando derechos que nuestros antepasados obtuvieron sudando sangre". Este comentario no tiene sentido. Lo que hicieron nuestros antepasados por raones completamente inependientes de la situación actual no tiene ninguna relevancia. Quiero pensar que nuestros antepasados tenian más civismo y sentido común para limitar sus movimientos y frenar una pandemia.
Tratar a los demás de ignorantes no es un argumento. El poder de restricción de los movimientos son justificados en este caso y perfectamente legales. Po cierto, basta de demagogia: "vosotros a lo vuestro regalando derechos que nuestros antepasados obtuvieron sudando sangre". Nuestros antepasados no lucharon para la libertad de movimiento! Lucharon atrapados en una guerra entre ideologias de izquierda: fascismo y comunismo.
En vista de ciertos comentarios, se diría que hay algunos que no tienen miedo a morir...a los confinados que intenten salir les podrían hacer lo que se hacía en la Edad Media: les tapiaban puertas y ventanas. Así se les iría la chulería con tanto derecho y tanta monserga.
@JosepMiquel El derecho a la libre circulación contenido en el articulo 19 de la Constitucion, campeón. No se puede restringir la circulacion ni aplicar "toques de queda" sin declarar el estado de alarma. Mejor informate antes de hablar
Mangman ni sap el que diu, quins drets fonamental es boten ilustre jurista? i miri fausto tampoc ho te gens clar resulta que una cosa es una enfermetat que el pacient te pero que no afecta a ningú més i una molt diferent que pugui anar pel carrer cometent un delicte de perill, convretament contra la salu pública, a on l'Administracio si està habiliyaada, i la nostre hi està, pot actuar sensa cap altre explicació. I si els terraplanistes i de pell molt fina que a més ni saben dir quin dret fonamental sel's conculca no estàn d'acord son ells els que han d'anar al jutjat, i no a un de lo Penal ilustre juriste fausto sino a un de lo Contenciós-Administratiu. Per tant terraplenistes insatisfets començau a anar a denunciarho al Contenciós.
practicando el "control orweliano"... el gran hermano... ya pronto nos tatuaran el numero o código de barras en el brazo... a todas estas preparense funcionarios... son la "carne impositiva del futuro"... pues los pocos que tengan el privilegio de trabajar y cobrar una nomina... los van a "clavar" a punta de nuevos impuestos para hacer el reparto social correspondiente... y recuerden... que el que parte y reparte se lleva siempre la mejor parte de todas las partes
Lol... no se porque tantos negativos a mi comentario. Al parecer este foro esta lleno de ignorantes que no saben que ningún decisión judicial o ley puede ir en contra de la constitución. La libertad de circulación es un derecho fundamental recogido en el art 19 de la CE. Por lo tanto es ILEGAL restringir esta libertad sin haber declarado antes el estado de alarma (excepción o sitio) y/o reformar la constitución. Pero bueno, vosotros a lo vuestro regalando derechos que nuestros antepasados obtuvieron sudando sangre.
Vivimos en una democracia occidental de las más libres de la historia. Se está aplicando la en respecto de la constitución. Increíbles que algunos todavía no hayan entendido que democracia no significa que uno pueda hacer lo que le da la ganas sin consideración por sus obligaciones y la salud pública. La democracia incluye el respeto de las normas. Las libertades se acompañan de obligaciones. Comparar un confinamiento provisional y localizado en un momento de pandemia con el régimen de Venezuela demuestra una ausencia de conocimiento. Menos ideología y un poco de educación política.