La Sala acuerda abrir un procedimiento algo más largo y desestima que haya motivos de urgencia que justifiquen admitir la petición. | Efe

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha rechazado la medida cautelarísima para reabrir de forma inmediata la hostelería que había planteado un grupo de empresarios. La Sala acuerda abrir un procedimiento algo más largo y desestima que haya motivos de urgencia que justifiquen admitir la petición.

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El tribunal considera que no es necesario acudir una vía excepcional ahora mismo porque la resolución que se ataca es el acuerdo del Consell de Govern del 11 de enero. Sin embargo, los empresarios que interpusieron el recurso no lo hicieron hasta el 28 de ese mes y no han pedido la medida urgente hasta el pasado martes. «Se desprende, sin dificultades que tal urgencia no existe», señalan los magistrados.

Imagen de la reunión de la Mesa de Diálogo Social Los bares y restaurantes podrán abrir las terrazas hasta las 17:00 horas a partir del 2 de marzo

Además, el auto señala que el hecho de que se justifique la urgencia en las pérdidas económicas no justifica tampoco acudir al procedimiento de medidas cautelarísimas, que implicaría que el Govern no pueda contestar a las alegaciones de los empresarios. Así, forma pieza separada para decidir en torno a una posible medida cautelar y da un plazo de cinco días a los hosteleros para que planteen alegaciones.