En este caso se trata de un empleado que comenzó a trabajar en 2003 en el IMAS. De todos los contratos que firmó en ese tiempo, una docena con varias prórrogas, el magistrado sólo da por bueno el primero, en el que cubría la baja temporal de un trabajador en situación de incapacidad temporal por una enfermedad. «No cabe decir lo mismo en cuanto al resto, suscritos para cubrir el disfrute de periodos de descanso por la realización de un exceso de jornada de otros trabajadores o bien de días libres», señala la sentencia.
El magistrado titular del Juzgado de lo Social 5 aplica el criterio que fijó el Supremo en 2019 y que ha dado lugar a un elevado número de reclamaciones contra las administraciones públicas. «La contratación para cubrir los periodos de descanso de otros trabajadores incurrió en fraude de ley desde marzo de 2003».
La resolución también considera irregular la contratación más larga de este trabajador que estuvo durante catorce años como auxiliar educativo para cubrir una vacante. «Lo primero que llama la atención es que no se identifica la plaza que se pretende cubrir con la contratación del actor».
A esto suma que en el procedimiento judicial, el Consell no ha dejado constancia alguna de que se haya puesto en marcha ningún proceso selectivo para cubrir de forma definitiva ese puesto en la plantilla del Institut Mallorquí d'Afers Socials. Por este motivo, también entiende que esa situación de interinidad indefinida es fraudulenta.
La consecuencia de toda esa sucesión de contratos, señala el magistrado, es que se reconozca a este empleado como indefinido no fijo y no como indefinido fijo, que era lo que planteaba como primera opción la demanda. «La contratación laboral en la administración pública al margen de un sistema adecuado de ponderación del mérito y la capacidad impide equipararlo a un trabajador fijo de plantilla, condición ligada a la contratación por el procedimiento reglamentario». Es decir, como no pasó por un proceso selectivo no puede ser declarado fijo.
23 comentarios
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Vosotros seguid haciendo caso a todos estos sindicalistas que ya tienen su plaza fija y lo único a que van es a quedar bien con la administración. Ellos con sus excedencias y comisiones y cuando terminen volveran a sus puestos de funcionario mientras tanto un interino ocupará su sitio años y años (más de 15 algunos). A estos también supongo que los harán fijos y los sindicalistas perderán su plaza o no? Haced el favor de no remover más la mierda que así las cosas están muy bien. Gente con trabajo durante años puede alimentar a su familia y vivir tranquilo. Qué quieren esto o contratos de 6 meses? He hablado con varios compañeros de RRHH y ya no van a contratar a gente de larga duración!! BRAVO, BRAVO!! Gracias a todos los manifestantes! Muchas gracias! Espero que cuando saquen las oposiciones os vayáis todos a la calle! Estaré muy contento!
A Pep. Vergonya t'hauria de fer obrir la boca. 17 anys i encara no ha aprovat cap oposició? I a que espera? Què és que fins ara no li havien tret la plaça i ara amb la nova convocatòria li han treta i no té ni idea del temari i ara denúncia perque li facin fixo SENSE OPOSICIÓ? Me pareix que qui no té ni idea i no sap de lleis ets tu!! Qui vulgui ser funcionari de carrera a estudiar i aprovar els examens!! Saps que a n'hi ha que han entrat via enchufe SOIB/PARO sense passar cap mena de selecció!! Hi ha departaments que no han fet mai OPOSICIONS i tots els que hi fan feina els han collit de l'atur fa anys sense cap mena de titulació ni examen!! Mentres els que tenen la titulació per exercir aquelles places estan a l'atur! Quan vulguis t'ho demostraré amb papers i contractes!! Feis el favor de xerrar només per vosaltres. NO REPRESENTAU A TOTS ELS INTERINS! VAL MES ESTAR 10 O 17 ANYS D'INTERÍ I TENIR FEINA QUE NOMÉS TE FACIN UN CONTRACTE MAXIM DE 3 ANYS O 6 MESOS I A LA CALLE!!
A Pep. Aviat ho veuràs a Palma.
@Ramon va magre en lleis, i molt, hem pot dir com es pot dur una institució a la via penal? Es que si en troba una segur que serà candidat a la Gran Creu de Sant Raimond de Penyafort. A vist no se algun Ajuntament o Consell a un Tribunal diferent que el C-A? Va torni a l'escola que l'hi convé, o millor encara abans d'opinar s'informi, que avui en dia trobar informació no es gaire difícil.
@Antoni, va magre de lleis especialment en temes laborals, no està com estava, no sap vostè la diferencia entre indefinit o no? I esperi que no serà el primer
El interino viene de bolsas que se abriron en su momento, como muchas otras que estamos trabajando en administraciones públicas. Al venir de un proceso selectivo, público, cumple con los principios de publicidad, capacidad y mérito. El que no se adjuntara a la demanda esa bolsa ha hecho que el juez dictaminara que no había proceso selectivo.
Para Antoni: que no hayan convocado su plaza era posiblemente porque haya otros interinos y, para no quedarse fuera en una oposición...como no pasa nada....mejor convencemos a los de arriba para que no la saquen. Se llama corrupción. El error es haber ido a la vía administrativa en lugar de a la penal.
@Xus, creo que el dicho es: Qui ha de donà llum dona fum!!!!!, y estoy totalmente de acuerdo.
@berbenator, de verdad te has leído la ley de Función pública? Cuál? Y el EBEP? yo te diré lo que SI dice, que TODAS las vacantes deben ser incluidas en las ofertas de empleo público del año correspondiente, y que en tres años deben haberse ejecutado, oposiciones, estás ofertas, sino decaen, es decir se considera que la plaza no es tan "imprescindible" , se cierra y quién la ocupa pierde su silla. Pero nuestros políticos, gerentes, jefes de servicio y jefes de personal, han encontrado el "maná" no sacar las plazas y que se quede el interino para siempre... El famoso dicho, cuando uno entra ya nunca sale...
Siguen confirmando casos de JETA por parte de los que mandan sean del color que sea, beber,comer, y ahora explotación de trabajadores. No les falta ningún delito, no es de extrañar que no quiera modificar ninguna ley no les vaya a tocar a ellos