Las sanciones por exceso de velocidad son de hasta 600 euros. | Efe

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Los nuevos límites de velocidad para vías urbanas y travesías, que aprobó el Consejo de Ministros el pasado noviembre, han entrado en vigor en toda España este martes, 11 de mayo.

La actualización indica que el límite de velocidad en vías urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera; de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. A partir de ahora, los conductores deben adaptarse a una nueva realidad cuando conduzcan por ciudad. Estos cambios vienen recogidos en el Real Decreto 970/2020 por el que se modifica el artículo 50 del Reglamento de Circulación y que establece los siguientes límites de velocidad urbana:

  • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación

Sin embargo, estos cambios en la limitación de velocidad no suponen ninguna modificación en las multas, que se mantienen dentro de los parámetros actuales y van de los 100 hasta los 600 euros. Las infracciones menos graves no acarrean la detracción de puntos, mientras que con las graves el conductor puede perder hasta 6 puntos del carnet.

El nuevo documento también contempla la normativa para los patinetes eléctricos, que deben seguir las mismas indicaciones que los vehículos de movilidad personal, las sanciones por incumplirlas pueden alcanzar los 200 euros.

La normativa también puntualiza que los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados, y que en las vías de dos o más carriles por sentido y en travesías los vehículos que transporten mercancías peligrosas circularán como máximo a 40 km/h.

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En esta tabla se reflejan las sanciones que corresponden por sobrepasar el límite de velocidad en vías a 20 km/h, 30 km/h y 50 km/h:

Menos siniestralidad, ¿seguros más baratos?

Sí, porque reducir la siniestralidad también podría afectar positivamente al seguro del coche, según un estudio realizado por Acierto.com. La relación es sencilla: el historial de siniestralidad es uno de los factores principales que tienen en cuenta las aseguradoras a la hora de calcular el precio de la póliza de un vehículo. Si un conductor tiene menos accidentes, tendrá un perfil de conductor menos riesgoso. Algo que podría verse plasmado en una reducción de la prima. Pero también es importante la gravedad de estos partes. Es decir, un accidente con daños a terceros (a quienes se deba pagar desperfectos y una indemnización por daños corporales) siempre será más caro que un siniestro en el que, por ejemplo, el conductor haya rozado un pilar del parking donde estaba estacionando.

En este caso, el nuevo reglamento también influirá, pues la DGT estima que gracias a estos límites de velocidad, se reducirá hasta un 80 % el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello. Es decir, cuando la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h, el riesgo es del 10 %; mientras que si la velocidad es de 50 km/h, ese riesgo asciende en torno al 90%. Por supuesto, también se reducirá la gravedad del resto de percances. La cobertura de asistencia en carretera también podría verse afectada.

Es decir: si sometemos nuestro coche a menos estrés, es probable que a la larga acabemos evitando averías. Algo que repercute directamente en el número de veces que solicitamos la asistencia en viaje de nuestro seguro de coche, y de nuevo algo muy positivo de cara a las aseguradoras. Dicho lo cual, no son los únicos puntos que analizan a la hora de calcular un seguro, sino que a estos habrá que añadirle otros como la zona por la que se circula (el clima, la orografía, el tipo de carreteras son patrones que influyen en la accidentalidad), el uso que se hace del vehículo, el tipo de vehículo que se conduce, cuándo queremos que entre en vigor la póliza, la edad del conductor, los años que lleva sin dar partes, la antigüedad de su carnet de conducir, etcétera.