Como en años anteriores, la ATIB presta este servicio mediante un sistema de cita previa –que se podrá solicitar por teléfono unos días antes, durante la última semana del mes de mayo-, a través del que se conciertan entrevistas presenciales con residentes de 35 municipios de Baleares, de forma complementaria al servicio que ofrece la agencia estatal (AEAT) en sus oficinas en otros cinco municipios de las Islas.
En total, se habilitarán 16 puntos de atención personalizada a través de la red de oficinas de la ATIB y, en algunos casos, de locales cedidos por los ayuntamientos, principalmente en los municipios de Mallorca, Menorca y Formentera donde no llega el servicio de la agencia tributaria estatal, y que conjuntamente con las cinco oficinas de la AEAT permiten una cobertura extensiva para los contribuyentes de todas las Islas.
En concreto, los 16 municipios donde se habilitarán puntos de atención de la ATIB son Alaró, Alcúdia, Algaida, Andratx, Capdepera, Ciutadella, Felanitx, Formentera, Pollença, Porreres, Santanyí, Santa Margalida, Ses Salines, Sineu, Sóller y Valldemossa. Con este servicio, la ATIB da cobertura también Ariany, Artà, Banyalbufar, Campos, Deià, Escorca, Es Migjorn Gran, Esporles, Estellencs, Ferreries, Fornalutx, Lloret de Vistalegre, Maria de la Salut, Montuïri, Muro, Sant Joan, Santa Eugènia, Sencelles y Son Servera. Por su parte, la AEAT realiza esta función en sus oficinas, en Palma, Ibiza, Mehón, Inca y Manacor.
¿Quiénes pueden utilizar Renda Àgil?
El servicio de Renda Àgil incluye las siguientes prestaciones y facilidades: la cita previa telefónica y por internet, el recordatorio de cita vía SMS, la cumplimentación de las declaraciones, la confirmación y modificación de predeclaraciones y la presentación declaraciones vía internet a la AEAT. Este servicio está destinado a los contribuyentes que habitualmente no tienen relación con la Hacienda del Estado, salvo la declaración de la renta. Así, no son susceptibles de utilizar Renda Àgil quienes obtengan rentas de actividades económicas, rentas derivadas de más de un inmueble arrendado y ganancias patrimoniales que deriven de más de una operación.
1 comentario
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Recuerden tener en cuenta las deducciones autonómicas, ya que por defecto, no aparecen. Yo de tener que pagar, al final me devuelven. Mucho ojo.