La Guardia Civil en el registro de la Autoritat Portuària. En el sumario consta la llamada telefónica en la que una persona alerta a directivos de la entidad de que están en el punto de mira de la Fiscalía y que avecina un registro. | Alejandro Sepúlveda
Los más de ocho gigas del sumario de la pieza de Eivissa del ‘caso Puertos' se centran en un concepto: «el arraigo». Esa condición que la Autoritat Portuària (APB) impuso en la competencia de proyectos que debía decidir quién explotaba el Naútico de Eivissa fue la que provocó que el TSJIB anulara todo el procedimiento en una durísima sentencia. Tanto esa instancia como ahora la magistrada instructora consideran que se introdujo ese concepto para que solo pudiera ganar el Club Naútico de Eivissa, la entidad que llevaba setenta años al frente. Su concesión llevaba años caducada y la posibilidad de su marcha había provocado una dura reacción política: una proposición no de ley en el Congreso impulsada por diputados de Eivissa de PP y PSOE; otra del Parlament de Balears, por unanimidad, otro acuerdo del pleno del Ajuntament de Eivissa también en bloque. El secretario del consejo de administración de la APB, Jaume Ferrando, habló de «presión política» ante la jueza Martina Mora. Ahora mismo se investigan esas presiones sin ningún cargo público investigado formalmente.
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Apesta a corrupción política.
El Molinar, un engaño mayúsculo de la APB. Justicia para los débiles.