La nueva Ley General Tributaria incorporará la figura del «acta de
conformidad con acuerdo», que permitirá que el contribuyente y la
inspección tributaria «pacten» una regularización que supondrá la
rebaja de las posibles sanciones más allá del 35 por ciento actual
en el pago de las deudas. Así lo explicó en un encuentro con
periodistas el director general de Tributos, Estanislao
Rodríguez-Ponga, antes de intervenir en el seminario «La
modernización del sistema tributario español en el bicentenario de
Alejandro Mon», organizado por el Instituto de Estudios Fiscales y
la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Rodríguez-Ponga subrayó que este aspecto de la futura Ley
General Tributaria, cuyo borrador será puesto en circulación dentro
de dos semanas, permitirá al contribuyente y a la inspección
tributaria llegar a acuerdos sobre la valoración de operaciones o
la aplicación de determinadas normas. En este momento, la Ley
estipula que la inspección propone una regularización al
contribuyente al que reclama una deuda y éste puede aceptarla o no,
pero con este nuevo tipo de actas existirá la posibilidad de llegar
a un acuerdo sobre el contenido de dicha regularización.
Además, con el mismo fin de reducir la litigiosidad, se buscará
una fórmula en los tribunales económico-administrativos para dotar
de mayor agilidad a determinados conflictos en función de la
cuantía y del concepto tributario. Otro de los pilares de la Ley
General Tributaria, que regulará las relaciones entre Hacienda y el
contribuyente, será el de asegurar los ingresos fiscales, por lo
que se reforzarán los mecanismos de lucha contra el fraude y se
establecerán garantías a favor de la Administración, como embargos
preventivos en algunas circunstancias.
Esta Ley pretende modernizar los procedimientos tributarios, ya
que sustituirá a la aprobada en 1963, cuyo cuerpo central sigue en
vigor aunque con modificaciones posteriores. Así, armonizará y dará
uniformidad a todo el procedimiento tributario, al incorporar,
entre otros aspectos, la Ley de Derechos y Garantías del
contribuyente, el pago de impuestos por internet, el procedimiento
de gestión tributaria, o la verificación de datos.
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