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Repsol YPF tendrá que pagar 500 millones de pesetas, una multa impuesta por el Tribunal de defensa de la Competencia (TDC) por incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en los contratos de abanderamiento con las estaciones de servicios. La decisión no se tomó por unanimidad. El vocal Martínez Arevalo afirma en un voto particular que la multa impuesta es insuficiente. Mientras, la petrolera ya ha anunciado que recurrirá la decisión ante la Sala de lo Contenciosos administrativo de la Audiencia Nacional.

En abril de 1999 el presidiente de la Asociaciación de Propietarios de Estaciones de Servicio y Unidades de Suminstro de Andalucía, Andrés Delgado, denunció a Repsol ante el TDC por vulneración de la normativa vigente. El 11 de julio el Tribunal resolvió multando con 500 millones de pesetas a la petrolera por incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en los contratos de abanderamiento con las estaciones de servicio.

Ayer lo comunicó a las partes. La resolución indica que Repsol YPF ha incurrido en una práctica prohibida por el artículo 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia al fijar los precios de venta de los combustibles a los distribuidores que actúan bajo «un supuesto régimen de comisión o agencia».

El expediente insta a la petrolera a cesar en la fijación de precios en las relaciones con estaciones de servicio con las que se encuentra vinculada, al considerar que los contratos de comisión o agencia que Repsol YPF mantiene con algunas estaciones de servicio, mediante los cuales los gasolineros reciben una cantidad fija por cada litro de carburante que venden, incumplen la Ley de Defensa de la Competencia.