Repsol YPF tendrá que pagar 500 millones de pesetas, una multa
impuesta por el Tribunal de defensa de la Competencia (TDC) por
incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en los
contratos de abanderamiento con las estaciones de servicios. La
decisión no se tomó por unanimidad. El vocal Martínez Arevalo
afirma en un voto particular que la multa impuesta es insuficiente.
Mientras, la petrolera ya ha anunciado que recurrirá la decisión
ante la Sala de lo Contenciosos administrativo de la Audiencia
Nacional.
En abril de 1999 el presidiente de la Asociaciación de
Propietarios de Estaciones de Servicio y Unidades de Suminstro de
Andalucía, Andrés Delgado, denunció a Repsol ante el TDC por
vulneración de la normativa vigente. El 11 de julio el Tribunal
resolvió multando con 500 millones de pesetas a la petrolera por
incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en los
contratos de abanderamiento con las estaciones de servicio.
Ayer lo comunicó a las partes. La resolución indica que Repsol
YPF ha incurrido en una práctica prohibida por el artículo 1.1 de
la Ley de Defensa de la Competencia al fijar los precios de venta
de los combustibles a los distribuidores que actúan bajo «un
supuesto régimen de comisión o agencia».
El expediente insta a la petrolera a cesar en la fijación de
precios en las relaciones con estaciones de servicio con las que se
encuentra vinculada, al considerar que los contratos de comisión o
agencia que Repsol YPF mantiene con algunas estaciones de servicio,
mediante los cuales los gasolineros reciben una cantidad fija por
cada litro de carburante que venden, incumplen la Ley de Defensa de
la Competencia.
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