El secretario de Libertades Públicas del PSOE, Juan Fernando López
Aguilar, respaldó ayer los juicios rápidos argumentando que
precisamente uno de los propósitos del Pacto de Estado para la
reforma de la Justicia es combatir su lentitud. Acto seguido,
aclaró que esta clase de juicios no deben aplicarse con carácter
discriminatorio, sino con carácter general, a todos los delicuentes
que hayan cometido delitos que no revistan especial gravedad y en
los que la pena no sea superior a los cinco años.
López Aguilar también criticó a Mariano Rajoy porque ahora
presenta como «novedosa» esta medida que está incluida en el
ordenamiento jurídico desde el año 1992. Por lo que insistió en que
los delitos no muy complejos, con simplicidad en el supuesto hecho
y en los que la «dilucidación es muy evidente y no necesitan
instrucción de sumario, el juicio rápido ya es posible en España
desde hace casi diez años». Desde las asociaciones de la
magistratura se puntualizan algunos aspectos. La APM calificó la
medida de muy positiva porque con ella se evitaría que la vía
judical sea «un burladero» para evitar la expulsión de una
persona.
José Luis González Armengol, de la asociación Francisco de
Vitoria apoyó la creación de los juicios rápidos, «siempre y cuando
la pena no sea muy grave, porque se ha detectado que existe un
núcleo de inmigrantes cuyo objetivo en España no es la búsqueda y
consecución de trabajo sino la práctica de actuaciones
delictuales».
CC OO y UGT exigieron que los juicios rápidos se tienen que
aplicar por igual a todo tipo de sujetos delincuentes. UGT mantiene
que «no se puede juzgar el función del sujeto, sino en función del
delito que haya cometido». En el mismo sentido se pronunció
Comisiones Obreras, que calificó de injusto el hecho de que se
aplique un procedimiento rápido sólo al colectivo de inmigrantes
indocumentados.
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