A partir de marzo de 2003, los delitos flagrantes y los penados con
menos de cinco años de prisión serán enjuiciados en un plaxo máximo
de 15 días, mientras que las faltas se resolverán en 24 horas. Así
lo decidió ayer el Pleno del Congreso que aprobó la reforma de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal para la extensión de los juicios
rápidos, que entrará en vigor en marzo del próximo año. Esta
iniciativa del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia,
tramitada en dos proposiciones de ley, contó con el apoyo de todos
los grupos parlamentarios, salvo IU, que se abstuvo.
Esta medida afectará al 70 por ciento de la delincuencia que se
registra en nuestro país. Se trata de la primera gran reforma
legislativa que se aprueba tras la firma del Pacto de Estado por la
Justicia, así como una de las primeras medidas del plan del
Gobierno contra la inseguridad ciudadana. De hecho, incide en los
delitos y faltas que crean mayor inseguridad, como los robos y
hurtos.
La reforma de la Ley permitirá juzgar las agresiones de
violencia doméstica en 24 horas tras la detención del agresor, si
se considera el hecho como falta, y en 15 días si se trata de un
delito de lesiones, lo que conllevará una reducción del elevado
porcentaje de sentencias absolutorias por falta de pruebas y
testimonios. Todo ello implicará «un cambio de mentalidad en la
justicia penal gigantesco», según el Ministerio de Justicia, ya que
actualmente un delito de robo de vehículo puede tardar un año en
juzgarse, y con la nueva normativa, tendrá que enjuiciarse en un
máximo de 15 días.
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