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A partir de marzo de 2003, los delitos flagrantes y los penados con menos de cinco años de prisión serán enjuiciados en un plaxo máximo de 15 días, mientras que las faltas se resolverán en 24 horas. Así lo decidió ayer el Pleno del Congreso que aprobó la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la extensión de los juicios rápidos, que entrará en vigor en marzo del próximo año. Esta iniciativa del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, tramitada en dos proposiciones de ley, contó con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, salvo IU, que se abstuvo.

Esta medida afectará al 70 por ciento de la delincuencia que se registra en nuestro país. Se trata de la primera gran reforma legislativa que se aprueba tras la firma del Pacto de Estado por la Justicia, así como una de las primeras medidas del plan del Gobierno contra la inseguridad ciudadana. De hecho, incide en los delitos y faltas que crean mayor inseguridad, como los robos y hurtos.

La reforma de la Ley permitirá juzgar las agresiones de violencia doméstica en 24 horas tras la detención del agresor, si se considera el hecho como falta, y en 15 días si se trata de un delito de lesiones, lo que conllevará una reducción del elevado porcentaje de sentencias absolutorias por falta de pruebas y testimonios. Todo ello implicará «un cambio de mentalidad en la justicia penal gigantesco», según el Ministerio de Justicia, ya que actualmente un delito de robo de vehículo puede tardar un año en juzgarse, y con la nueva normativa, tendrá que enjuiciarse en un máximo de 15 días.