La Sala especial del Tribunal Supremo encargada de los procesos de
ilegalización de partidos políticos acordó ayer admitir a trámite
las demandas presentadas el pasado 3 de septiembre por el Gobierno
y la Fiscalía General del Estado contra Batasuna, HB y Euskal
Herritarrok, a quienes acusan de haber violado la vigente Ley de
Partidos por su convivencia con ETA. En protesta por la
ilegalización, Sozialista Abertzaleak realizará esta semana un
plante activo y no participarán en ninguna labor institucional.
El Pleno de la Sala del 61, llamada así por estar regulada su
composición en ese artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
decidió también dar traslado de las demandas y de los documentos
que las acompañan a Batasuna, que tendrá veinte días de plazo para
contestar a las mismas. Este emplazamiento no afecta a HB y EH, ya
que aún no están personados en el proceso. La Sala basa su decisión
en que no concurren ninguna de las tres circunstancias previstas en
la nueva Ley de Partidos para inadmitir una demanda de
ilegalización: que sea interpuesta por persona no legitimada
(Gobierno y Fiscalía son precisamente los competentes para
hacerlo); que manifiestamente se incumpliesen los requisitos para
su admisión; o que careciese manifiestamente de fundamento.
La admisión a trámite pone en marcha un proceso que finalizará
con la sentencia definitiva, por parte del Supremo, en el plazo
aproximado de entre tres y seis meses. Tras el plazo de veinte días
dado a Batasuna para contestación, se abrirá un proceso de práctica
de pruebas, sobre el que a su vez se darán plazos sucesivos de
veinte días a cada una de las partes para alegaciones. El proceso
quedará entonces concluso para sentencia, que deberá dictarse en
veinte días. Esa sentencia del Supremo podrá ser objeto de recurso
de amparo al Tribunal Constitucional, aunque se ejecutará desde el
momento de su notificación.
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