Atutxa recibió ayer en la Cámara vasca a profesores y alumnos de los cursos de Derecho Internacional de Vitoria.

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La Comisión Permanente del CGPJ acordó ayer la suspensión cautelar de la Sala de Discordia constituida en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ante la posibilidad de que su composición no se ajuste a la ley. Así lo decidió por unanimidad la Comisión Permanente del CGPJ en una reunión extraordinaria constituida para dar respuesta al recurso interpuesto por la Fiscalía General que impugnaba la composición que el presidente del TSJPV, Manuel Zorrilla, decidió el pasado viernes, al considerar que podría no ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Zorrilla nombró a tres magistrados más para romper el empate existente en la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV encargada de decidir sobre la admisión a trámite de la querella presentada por la Fiscalía General del Estado contra el presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, y los miembros de la Mesa Kontxi Bilbao (IU-EB) y Gorka Knorr (EA) por negarse a disolver el grupo parlamentario de la ilegalizada Batasuna. Ese día, el presidente del TSJPV decidió ampliar la Sala -compuesta inicialmente por él mismo y los magistrados Nekane Bolado, Antonio García y Roberto Sáizcon los responsables de las Salas de lo Social y lo Contencioso, Manuel Díaz de Rábago y Enrique Torres, y María Abelleira, la juez de menor antigüedad del TSJPV.

Según informó en conferencia de prensa el portavoz del CGPJ, Enrique López, ante el recurso del Ministerio Fiscal y ante la «presumible irregularidad» en la composición de esta Sala, la Comisión decidió la «suspensión cautelar» de la misma. «En estos momentos -explicó López-, desconocemos si en la Sala de gobierno del TSJPV se han establecido turnos diferentes para completar Salas cuando faltan magistrados» y si los llamamientos realizados para configurar la Sala de Discordia «se han acomodado o no a las previsiones legales». Así explicó que, según la Ley Orgánica del Poder Judicial, «los llamamientos se deberán realizar hacia aquellos magistrados que no tengan señalamientos y en segundo lugar hacia los magistrados más modernos».