TW
0

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional hizo ayer públicos los razones jurídicas de la sentencia por la que desestima el recurso presentado por Batasuna contra su ilegalización, tal y como adelantó el pasado viernes.

La sentencia de 127 folios, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Conde, supone rechazar que la sentencia del Supremo que ilegalizó a Batasuna, Herri Batasuna y Euskal Herritarrok, vulnerase el derecho fundamental de las formaciones disueltas a las libertades de expresión, ideológica y de asociación, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y al juez imparcial.

Según el Alto Tribunal, Batasuna demostró con hechos su compromiso y su asociación con el terrorismo de ETA, y su apología de la violencia de la banda armada superó «con mucho» la libertad de expresión argumentada por la formación abertzale.

El Constitucional considera que la decisión del Supremo fue motivada, razonable, proporcionada y no arbitraria, de acuerdo a la «suficiente y abundante» prueba examinada en el proceso.

Según el Constitucional, el presidente del Supremo y de la 'Sala del 61' del mismo tribunal que ilegalizó a Batasuna, Francisco José Hernando, no perdió su imparcialidad por apoyar la Ley de Partidos Políticos.

Según la sentencia, el recurso de amparo de Batasuna llega a reforzar las conclusiones del Supremo, al manifestar en relación a la Ley de Partidos que declara ilícita «no una acción directa favorecedora de la actividad terrorista violenta, sino el mero hecho de ofrecer un soporte político e ideológico a la acción de organizaciones terroristas para subvertir el orden constitucional».