El Pleno del Tribunal Constitucional adoptó ayer por unanimidad un
acuerdo en el que acusa a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo
de haber invadido sus competencias exclusivas en materia de amparo,
en la sentencia, del pasado 26 de enero, en la que condenó a 11
magistrados del T.C. a pagar 500 euros a un abogado por rechazar un
recurso de amparo sin entrar a examinarlo.
El segundo punto señala que «el enjuiciamiento de las resoluciones
recaídas en recursos de amparo, realizado por vía de la acción de
responsabilidad civil, constituye una invasión de la jurisdicción,
exclusiva, atribuida a este Tribunal por la Constitución».
El Constitucional reprocha «desconocimiento» al Supremo por
excederse en sus atribuciones, y poner, de esa forma, «en serio
peligro la función jurisdiccional de amparo, invadiendo
competencias que sólo al Tribunal Constitucional corresponden».
La decisión del Constitucional concluye con dos acuerdos, el
primero de los cuales declara que «las resoluciones dictadas por el
Constitucional en los recursos de amparo no pueden ser enjuiciadas
por ningún órgano del poder judicial dado que sólo a este Tribunal
corresponde, conforme a la Constitución y a su Ley Orgánica,
resolver tales recursos».
El T.C. afirma que ha adoptado el acuerdo «en el ejercicio de
las atribuciones que la Constitución y su Ley Orgánica le
confieren, y para cumplir con el esencial deber de preservar la
jurisdicción que tiene atribuida en materia de amparo
constitucional por los artículos 123.1 y 161.1b de la Constitución
española, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional».
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