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El Pleno del Tribunal Constitucional adoptó ayer por unanimidad un acuerdo en el que acusa a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de haber invadido sus competencias exclusivas en materia de amparo, en la sentencia, del pasado 26 de enero, en la que condenó a 11 magistrados del T.C. a pagar 500 euros a un abogado por rechazar un recurso de amparo sin entrar a examinarlo.

El segundo punto señala que «el enjuiciamiento de las resoluciones recaídas en recursos de amparo, realizado por vía de la acción de responsabilidad civil, constituye una invasión de la jurisdicción, exclusiva, atribuida a este Tribunal por la Constitución».

El Constitucional reprocha «desconocimiento» al Supremo por excederse en sus atribuciones, y poner, de esa forma, «en serio peligro la función jurisdiccional de amparo, invadiendo competencias que sólo al Tribunal Constitucional corresponden».

La decisión del Constitucional concluye con dos acuerdos, el primero de los cuales declara que «las resoluciones dictadas por el Constitucional en los recursos de amparo no pueden ser enjuiciadas por ningún órgano del poder judicial dado que sólo a este Tribunal corresponde, conforme a la Constitución y a su Ley Orgánica, resolver tales recursos».

El T.C. afirma que ha adoptado el acuerdo «en el ejercicio de las atribuciones que la Constitución y su Ley Orgánica le confieren, y para cumplir con el esencial deber de preservar la jurisdicción que tiene atribuida en materia de amparo constitucional por los artículos 123.1 y 161.1b de la Constitución española, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional».