Pernando Barrena (derecha) y Juan José Petrikorena (izquierda), a su llegada ayer a la Audiencia Nacional.

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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska ordenó ayer el ingreso en prisión incondicional del dirigente abertzale Juan José Petrikorena, impuso a Pernando Barrena y Rafael Díez Usabiaga fianzas de 200.000 y 100.000 euros, respectivamente, y dejó en libertad a la abogada Arantza Zulueta. El magistrado adoptó esta decisión después de tomarles declaración en relación con los 108 incidentes violentos que se produjeron durante la jornada de huelga celebrada el pasado día 9 en el País Vasco y Navarra por la muerte de dos presos etarras, y cuya convocatoria se anunció en una rueda de prensa celebrada dos días antes en la que los cuatro estuvieron presentes.

En el auto en el que acuerda su encarcelamiento, Grande-Marlaska dice que respecto de los hechos acaecidos el día 9 Petrikorena mantuvo «una postura activa, buena prueba de lo cual participó en distintas concentraciones y manifestaciones verificadas días previos y, lo que es más importante, tomó parte activa, con un papel preferente» en la rueda de prensa en la que se llamó a la huelga.

En sendos autos notificados ayer, Grande-Marlaska acusa a Petrikorena y Barrena de integración en banda armada y les considera autores, en calidad de inductores, de los delitos de desórdenes públicos, coacciones y estragos terroristas, mientras que a Díez Usabiaga, secretario general del sindicato abertzale LAB, le imputa un delito de colaboración con organización terrorista.

Petrikorena se encontraba en libertad bajo fianza de 100.000 euros desde el pasado mes de septiembre. Su situación, por tanto, era similar a la del ex responsable de Gestoras pro Amnistía Juan María Olano -en libertad bajo fianza de 100.000 desde el 20 de septiembre del año pasado en la causa en la que se investiga a su organización-, para quien el juez también ordenó en la madrugada de ayer el ingreso en prisión incondicional.

El juez repite los mismos argumentos en el auto en el que resuelve sobre Pernando Barrena, para quien sin embargo no ordena el ingreso en prisión porque «al día de la fecha no consta su imputación en otra causa, ni medida cautelar en su persona», por lo que no se estima que haya incurrido en reiteración delictiva. De Díez Usabiaga, el magistrado dice que «dio voz principal al frente político-institucional (de ETA), actualmente ilegalizado», que no comunicó la convocatoria de huelga a la autoridad administrativa y que «cedió sus siglas legales para dar la apariencia de legitimidad democrática», de lo que se desprende «su participación en el delito de colaboración terrorista».