TW
0

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) rechazó ayer «ad limine» (de plano) y por unanimidad la recusación del magistrado Jorge Rodríguez Zapata planteada por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el recurso del PP contra el Estatut de esta comunidad autónoma. La recusación de Rodríguez Zapata se basaba en el hecho de que este magistrado elaboró un estudio sobre temas relacionados con el Estatut de Catalunya, titulado «Evolución de la aplicación de los principios contenidos en la Carta Europea de Autonomía Local por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo».

Para el TC el estudio de Rodríguez Zapata «es un trabajo doctrinal y científico» que se centra en recoger «de forma descriptiva y sistemática» la repercusión que ha tenido la CEAL en «la jurisprudencia del Tribunal Supremo» y en la de este tribunal. El auto asegura que el trabajo elaborado por el magistrado recusado por el gobierno de la Generalitat «se limita a establecer principios generales relativos, entre otros, a la competencia y recursos financieros de los entes locales».

El estudio fue encargado por una fundación privada antes del inicio del proceso de reforma del Estatut catalán. En un auto, el pleno del TC rechaza la recusación al considerar que el «trabajo jurídico» del magistrado «no puede constituir el soporte de una sospecha fundada de parcialidad» ya que «su alcance no es otro que intervenir en un análisis racional de la Carta Europea y Autonomía Local en la jurisprudencia Ordinaria y en la de este Tribunal».

«Por consiguiente», prosigue el auto, el magistrado en su estudio «no entra en detalle de competencias y recursos financieros de dichos entes». Si la recusación de Rodríguez Zapata, de carácter conservador, hubiera prosperado, se habrían equilibrado las fuerzas de los dos sectores en los que está dividido el pleno del Constitucional, ya que el 5 de febrero el TC acordó apartar de las deliberaciones sobre el Estatut al progresista Pérez Tremps.