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El Tribunal Supremo ha condenado a 150.000 euros de multa a la empresa minera Caolines de Merilles SL, que gestionaba el yacimiento de Mina Conchita del que salieron los explosivos utilizados en los atentados del 11-M, debido al «absoluto descontrol, abandono y pérdida de parte de los explosivos» detectado en una de sus explotaciones.

De este modo, el alto tribunal ha confirmado los pronunciamientos de la sentencia dictada el 17 de junio de 2006 por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que le impuso esa multa económica por la comisión de una infracción muy grave, según la Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Reglamento de explosivos.

La sentencia de la Audiencia Nacional explicaba que la inspección se llevó a cabo el 18 de junio de 2004, sólo tres meses después del 11-M. La realizó la intervención de Armas y Explosivos de Salas (Asturias) junto con el equipo de policía judicial en las bocaminas de los diferentes niveles de la citada explotación minera de titularidad de la empresa expedientada y «pudo constatarse el estado absoluto de descontrol, abandono y pérdida de hecho de parte de los explosivos que habitualmente habían venido siendo utilizados por la misma para el desarrollo normal de su actividad».

Esa sentencia que ahora ha sido asumida por el Tribunal Supremo detallaba cómo se encontraron «en estado de abandono 16 cartuchos de goma 2 EC completamente deteriorados hasta el punto de encontrarse solo el envoltorio; 33 cartuchos de goma 2 ECO; 27 cartuchos de goma 2 EC y 2 detonadores, susceptibles de detonación y explosión, aun habiendo disminuido su sensibilidad por la acción de los elementos, según informe técnico del equipo Gedex de la Guardia Civil».

El recurso presentado solicitaba la unificación de doctrina apelando a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que el 22 de junio de 2000 absolvió a otra empresa minera de la pérdida de una escopeta al considerar prescrita dicha negligencia.