El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) contra el Real Decreto 1673/2010 por el que se decretó el estado de alarma el pasado 4 de diciembre, según el auto dictado el pasado 10 de febrero.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desestima el recurso al considerar que carece de jurisdicción para tramitarlo, ya que la decisión del Gobierno de decretar el estado de alarma estaba avalada por el artículo 5º de la Constitución Española (CE) y fue ratificada por el pleno del Congreso de los Diputados.
«La impugnación va dirigida contra un acto cuyo contenido ha sido asumido en su integridad por el Congreso de los Diputados desde el momento que autorizó la prórroga del estado de alarma en los mismos términos que fue inicialmente declarado», explica el auto.
El Supremo resuelve así el primero de los dos recursos presentados por el sindicato, que agrupa al 97% de los casi 2.400 controladores que AENA tiene en plantilla, en respuesta a las medidas adoptadas por el Gobierno contra el caos aéreo provocado por el colectivo los pasados 3 y 4 de diciembre por el abandono de los puestos de trabajo.
Además, el auto añade que el Gobierno «dio cuenta» de su decisión al Congreso de los Diputados y, «de esta manera, se ofreció a este la posibilidad de ejercer todos los medios de control que el ordenamiento jurídico le permite».
Un control que el Congreso de los Diputados asumió y ejerció posteriormente al autorizar, el 16 de diciembre, la prórroga del estado de alarma solicitada por el Gobierno a un mes adicional, explica el auto.
«La conclusión final tiene que ser, pues, que esa decisión asumida por la Cámara no es una actuación administrativa que pueda ser controlada por este orden contencioso-administrativo» del Tribunal Supremo, según el auto.
El segundo recurso USCA, pendiente de resolver, se dirige contra el Real Decreto 1611/2010 que ordenó la militarización de los servicios de tránsito aéreo civiles y permitió la presencia de militares en las torres de control.
El pasado 9 de diciembre, USCA presentó sendos recursos contra el estado de alarma y la militarización de las torres de control alegando presuntas irregularidades tanto del procedimiento seguido por el Gobierno para aprobar los dos decretos como en los cuerpos legales en los que se apoyaban para dictarlos.
3 comentarios
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Oh, mis disculpas. No faltaría más. Si les parece a sus Controladoras Señorías, la próxima vez que 600.000 personas se queden atrapadas llamamos a Santa Claus. No te jode.
Los controladores aéreos castigaron caprichosamente a los 600.000 pasajeros que dejaron en tierra volando el Puente de la Constitución, rompiendo las ilusiones y los sentimientos de las personas afectadas. No tuvieron corazón ni tampoco asumieron sus responsabilidades abandonando el puesto de trabajo que era un servicio público. Se les debe aplicar severamente el artículo 20 de la Ley de Navegación Aérea franquista, que es la que rige todavía según autoridades judiciales y de la Fiscalía General, y que puedes encontrar en Internet en toda su extensión penal.
....y Cristina Antón señala a Pimentel como "parte interesada" en su blog.... http://controladoresareosyotrashierbas.blogspot.com/2011/02/fino-y-generoso-o-fino-y-filipino.html?showComment=1297173283691#c6527100508044820