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El Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha estudiado este miércoles dos recursos relativos a reclamaciones de consumidores contra cláusulas de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria que les atribuían todos los gastos e impuestos generados por la operación en lo relativo al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

De esta forma los magistrados estiman en parte los recursos y establecen que por la constitución del préstamo, el pago incumbe al prestatario, de acuerdo a la jurisprudencia constante de la Sala III del propio Tribunal Supremo, según se ha hecho eco la asociación de consumidores Facua.

En cuanto al timbre de los documentos notariales, el Supremo resuelve que el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.

El fallo ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes, y el texto íntegro de las sentencias se dará a conocer en los próximos días.

Facua añade que el tribunal ha partido de su propia jurisprudencia sobre la abusividad de una cláusula que, sin negociación y de manera indiscriminada, atribuye en todo caso el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley, según los distintos supuestos, hace una distribución de los mismos.