La Fiscalía ha mantenido este viernes su petición de cuatro años de prisión y multa de 100 millones de euros para el expresidente de Bankinter Jaime Botín por querer sacar de España un cuadro de Pablo Picasso, valorado en 26 millones de euros, sin la autorización necesaria del Gobierno español y venderlo en Reino Unido.
Así lo ha dicho el fiscal en la última sesión del juicio, que se ha celebrado a lo largo de esta semana en el Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid y que ha quedado visto para sentencia. Antes de concluir, el acusado ha tenido oportunidad de hacer un alegato final, en el que tan solo ha querido decir que se considera «libre de culpa en cuanto a cualquier posibilidad de comisión de delito en este caso, que nunca pensé que pudiera tener tal calificación».
Jaime Botín se enfrenta a cuatro años de prisión que solicitan tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado por un delito de contrabando de bienes culturales. Sin embargo, su defensa considera que las acusaciones están mal formuladas pues han «tergiversado» los hechos y han hecho una «interpretación sesgada» de la Ley de Patrimonio Histórico Español y de la Ley de Represión del Contrabando.
Por su parte, el fiscal ha asegurado que, pese a que el acusado ha intentado hacer ver lo contrario, el cuadro 'Cabeza de mujer joven' se ha trasladado de forma ilegal de España porque se encontraba en territorio español en 2015, cuando fue incautado en el puerto de Calvi (Córcega, Francia), y que la intención de sacarlo existía desde 2012 para poder venderlo en una subasta en Londres.
En este sentido, ha apuntado que en diciembre de ese año la obra se encontraba en Madrid, en las oficinas de la casa de subastas Christie's, para que fuera fotografiado y elaborar el catálogo sobre la venta. Es más, ha indicado que fue la propia empresa quien solicitó la autorización de exportación al Ministerio de Cultura e indicó que se encontraba en la capital y que, por ello, saldría por la aduana española.
«Es absurdo, si se pide un permiso para sacarlo del territorio nacional es porque está en territorio nacional», ha dicho el fiscal, al mismo tiempo que ha indicado que el chófer del propio acusado afirmó en su declaración como testigo que recogió la obra de arte en la casa de Botín, en Pozuelo de Alarcón.
También ha recordado que, tal como reconoció el hermano del banquero fallecido Emilio Botín, era conocedor de que las autoridades españolas denegaron el permiso de exportación de la obra porque así se lo comunicaron los trabajadores de Christie's, así como de que existía una sentencia de la Audiencia Nacional que prohibía dicho traslado.
Para apuntalar su acusación, el Ministerio Público ha defendido que Botín provocó que el cuadro sea de dominio público español al llevarlo en 2015 a Francia con la finalidad de guardarlo en Ginebra (Suiza), pues el artículo 29 de la Ley Orgánica del Patrimonio Histórico Español establece que así ocurre con aquellos «bienes muebles» que pertenezcan al Patrimonio español que sean «exportados sin la autorización» de la Administración competente.
Ante cualquier duda, el fiscal ha indicado que es «indiscutible» la pertenencia de este cuadro al patrimonio por la «conexión» con España, ya que el pintor es de nacionalidad española, se pintó en la localidad catalana de Gosol --de donde adquiere el nombre la etapa a la que se adscribe el cuadro-- y que se ve influenciado por la plástica del arte ibérico.
Asimismo, ha destacado que dicha norma señala que es necesaria dicha autorización administrativa porque la obra tiene más de 100 de antigüedad. Pablo Picasso pintó 'Cabeza de mujer joven' en 1906.
El fiscal ha concluido que Botín ha incurrido en un delito de contrabando de bienes culturales porque también cumple todos los requisitos previstos en la ley de Represión de Contrabando como el traslado de la obra cuyo valor «superior a 150.000 euros» y ha subrayado que para cometer este tipo penal contra el patrimonio histórico español no hace falta que la obra esté «previamente catalogado», como es el caso.
Mismos argumentos sobre la pertenencia del cuadro al patrimonio histórico ha manifestado la acusación particular, representada por la abogada del Estado Elena Sáenz, quien incluso ha afeado a la defensa que haya tratado de defender que la pintura ha estado casi 30 años en el barco 'Adix' porque «no es así».
La abogada del Estado ha apoyado sus argumentos sobre la importancia que tiene 'Cabeza de mujer joven' en España en el informe realizado por la que fuera conservadora jefe de todas las colecciones del Museo del Reina Sofía durante 10 años, Paloma Esteban, cuyas conclusiones han sido ratificadas este viernes ante la jueza.
«No hay en Europa ningún cuadro de estas características», ha apuntado la experta, que ha destacado que se trata de «una revolución» en la trayectoria y estilo de Picasso, ya que «desembocará en el cubismo, que dará lugar a 'Las señoritas de Avignon'».
Sin embargo, la defensa de Botín, ejercida por el abogado Javier Gómez-Bermúdez, ha tratado de desmontar las tesis acusatorias y ha afirmado que este caso está sometido a un «bucle judicial». Según ha explicado el intento de vender el cuadro no sólo ya ha pasado por la Audiencia Nacional, sino que el Tribunal Supremo aún está pendiente de resolver el recurso presentado contra dicha resolución y dictaminar si se puede aplicar a este cuadro el Patrimonio Histórico Español, aunque todos sus propietarios hayan sido extranjeros.
Y es que antes de que Botín adquiriera el lienzo en 1977 en una galería de arte británica, según explicó durante su declaración, perteneció al coleccionista francés Paul Guillaume y ha defendido en todo momento que durante 28 años ha permanecido en su velero, con bandera británica. Por ello, el letrado considera que hasta que no exista una sentencia firme del alto tribunal no puede haber ninguna condena por este asunto.
Aún así, el letrado ha replicado a la Fiscalía y ha asegurado que no se da ninguna de las circunstancias previstas en la ley de contrabando y ha explicado que no hay ni exportación ni expedición porque la pintura no ha estado en España ni tenía como destino final ningún otro país comunitario. Desde que se compra «el cuadro tiene como destino final el barco», ha asegurado Gómez-Bermúdez.
«No ha salido nunca del círculo privado del acusado», pues salvo en «tres esporádicas salidas», el cuadro siempre ha estado en el velero que durante años ha estado navegando por aguas europeas, ha subrayado el letrado, que es exjuez de la Audiencia Nacional.
Ello no implica que «el país de visita suponga el destino final, no vale la mera estancia», ha apostillado para concluir que lo que la intención de guardar el cuadro en un Freeport de Ginebra, un complejo de almacenes de arte y obras de valor, era un «tránsito» hasta ver si finalmente podía venderlo y no el «destino final».
Asimismo, la defensa ha apuntado que «no es verdad» lo que señala la Fiscalía sobre que Francia rechazó el permiso de salida del vuelo para llevar el lienzo a Ginebra, sino que el acusado decidió de manera «espontánea» cancelarlo al detectar que las exigencias de la aduana se debían a que se estaba tramitando una exportación, algo que no compartía.
«Si fuera una salida ilegal no hubiera tramitado nada a su nombre», ha dicho el abogado, al mismo tiempo que ha ironizado sobre por qué no se han usado los hechos de acusación para declarar el cuadro como Bien de Interés Cultural (BIC). Por último, ha recalcado la «sinceridad y claridad abrumadora» con la que Jaime Botín ha tratado de explicar los hechos en este juicio.
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