Oriol Junqueras, líder de ERC. | Efe

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La Junta Electoral Central (JEC) ha declarado vacante el escaño de eurodiputado que había asignado al sustituto de Oriol Junqueras tras la inhabilitación que conllevaba la sentencia del 'procés', puesto que el candidato Jordi Solé (ERC) no se presentó para cumplir con el trámite de acatamiento de la Constitución. La vacante se ha comunicado al Parlamento Europeo.

Junqueras, estando proceso por el Tribunal Supremo en la causa del proceso independentista de 2017, fue quien encabezó la lista de la coalición Ahora Repúblicas que formaron Esquerra, Bildu, el BNG y otras formaciones.

Fue proclamado eurodiputado por la JEC, pero no completó los trámites porque el Supremo denegó su salida de prisión para rematar lo que exige la legislación española como paso previo para poder recoger el acta: la ceremonia de juramento o promesa de la Constitución.

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Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que debía ser considerado eurodiputado desde los comicios, la posterior sentencia del Supremo que condenó a Junqueras por sedición y malversación, y que además de pena de prisión conllevaba inhabilitación, hizo que la JEC declarase vacante su escaño y proclamase eurodiputado electo al siguiente de la lista, Jordi Solé i Ferrando.

El sustituto de Junqueras fue a su vez citado ante la JEC el pasado día 23 para cumplir con el acto de acatamiento de la Constitución, pero no se presentó, por lo que, «una vez constatada la ausencia del candidato electo», el escaño ha vuelto a quedarse vacante.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que, si en el plazo de cinco días los electos no juran o prometen acatamiento a la Constitución, los escaños se declararán vacantes «y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento».

«Al no haber prestado acatamiento a la Constitución el candidato D. Jordi Solé i Ferrando en el plazo legalmente establecido, en cumplimiento de dicho artículo 224.2 de la LOREG, el escaño permanecerá vacante hasta que se produzca dicho acatamiento, sin perjuicio de que, conforme a lo declarado en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el acto de proclamación de candidatos electos pueda desplegar los efectos oportunos», señala la resolución y trasladada tanto al político de ERC como al Parlamento Europeo.