El Gobierno ha trasladado a los agentes sociales un borrador de Real Decreto-ley, que en un principio estaba previsto que se aprobara en el Consejo de Ministros de este martes pero que finalmente se pospone, en el que plantea extender los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) vinculados al coronavirus hasta que persistan las restricciones a la actividad y, en todo caso, hasta el 30 de septiembre, frente a las demandas sindicales y empresariales de alargarlos hasta el 31 de diciembre. De momento, la regulación de estos ERTE asociados a la COVID-19 está vigente hasta el 30 de junio.
Asimismo, según este borrador, el Ejecutivo mantendrá también hasta el 30 de septiembre la «prohibición» que estableció al despido por causas objetivas, lo que en la práctica supone encarecer la indemnización a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedentes, Al mismo tiempo, se propone mantener también hasta el 30 de septiembre la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, lo que supone de facto prorrogar estos contratos aunque el empresario quisiera rescindirlos.
En lo que respecta a los ERTE, el texto del Gobierno establece que los ERTE de fuerza mayor derivados del coronavirus mantendrán su vigencia mientras existan restricciones que impidan o limiten la plena actividad de las empresas, englobando entre dichas restricciones las limitaciones a la movilidad, aforos y equivalentes y las medidas de prevención y contención sanitaria vinculadas a la COVID-19. En todo caso, se precisa que la vigencia de estos ERTE finalizará el 30 de septiembre.
De acuerdo con el borrador del Ejecutivo, las empresas y entidades afectadas por los ERTE deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada, y no podrán efectuarse horas extraordinarias ni concertarse nuevas contrataciones si la empresa tiene algún trabajador en el ERTE. «Dichas acciones podrán constituir infracciones en el ámbito social, en virtud de expediente incoado al efecto, en su caso, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social», señala el Gobierno.
El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de septiembre.
La regulación que se dio a mediados de marzo a los ERTE por fuerza mayor derivados del COVID-19 establece una exoneración de cotizaciones del 75 % para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100 % para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.
Dichas exoneraciones se mantuvieron en mayo y junio y se establecieron otros porcentajes de exenciones en el caso de ERTE parciales, es decir, para aquellos casos en los que se fueran incorporando trabajadores a medida que las empresas recuperaran actividad.
En concreto, se fijaron exenciones en la cuota empresarial de entre el 45 % y el 85 % por los trabajadores afectados por un ERTE que se reincorporaran a su puesto de trabajo en mayo y junio. Ahora, para el periodo julio-septiembre, estos porcentajes se rebajan.
Así, en el caso de los trabajadores que vuelvan a la actividad a partir del 1 de julio, la empresa se beneficiará de una exención de la cuota empresarial por dichos trabajadores del 60 % en julio y del 50 % en agosto y del 40 % en septiembre en el supuesto de que a 29 de febrero de este año su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con más de 50 trabajadores a dicha fecha, la exención alcanzará el 35 % en julio, el 25 % en agosto y el 15 % en septiembre.
En el caso de los trabajadores que continúen con sus contratos suspendidos desde el 1 de julio, es decir, que sigan en el ERTE, el borrador del Gobierno establece que la exención empresarial será del 35 % en julio, del 25 % en agosto y del 15 % en septiembre para las que tengan menos de 50 empleados. Si tienen más de 50, la exoneración será del 20 % en julio, del 10 % en agosto y del 5 % en septiembre. En este caso, la exención se aplicará al abono de la aportación empresarial y a las cuotas por recaudación conjunta.
También estos porcentajes son menores a los que se fijaron en si día para los meses de mayo y junio (de entre el 30 % y el 60 %, dependiendo del número de trabajadores de la empresa a 29 de febrero de 2020).
A los ERTE por causas organizativas, económicas, técnicas o de producción que se inicien tras la entrada en vigor del nuevo decreto les serán de aplicación las características especiales establecidas en la regulación del 17 de marzo. Se permitirá además que estos últimos se tramiten mientras estén vigente un ERTE de fuerza mayor.
En el borrador del decreto, el Gobierno también prorroga hasta el 30 de septiembre el plan 'Mecuida', por el que los trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad tendrán derecho a adaptar su jornada y/o a reducirla cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria de la COVID-19.
Se entiende que concurren dichas circunstancias excepcionales cuando es necesaria la presencia del trabajador para el cuidado personal y directo de dichos familiares como consecuencia directa del coronavirus, y si persiste el cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza, entre otras.
El derecho a la adaptación de la jornada puede referirse a la distribución del tiempo de trabajo o a cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo. Así, puede consistir en cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo, cambio de funciones, cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia, o en cualquier otro cambio de condiciones que estuviera disponible en la empresa o que pudiera implantarse de modo razonable y proporcionado.
El texto mandata al Gobierno y los agentes sociales a constituir una mesa de negociación con el objetivo de alcanzar un acuerdo que incorpore medidas tendentes a la recuperación, durante el año 2022, del nivel de empleo previo a la crisis derivada del COVID-19.
Este borrador será discutido esta tarde durante una reunión de la Comisión Tripartita que analiza la evolución de los ERTE y en la que están presentes sindicatos, empresarios y Gobierno, por lo que podrían modificarse algunos de sus términos en aras a la búsqueda de un acuerdo que intente contentar a todas las partes.
8 comentarios
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Osea , que para mantener a segun quien , hay que destruir todo el tejido empresarial , para que así no se contraté nada y tener más estómagos agradecidos mantenidos de subvenciones (pago de votos ) . La reforma laboral que es la que usan ahora no se toca , que nos va bien no ?. Hay empresarios sanguijuelas , y puedo asegurar que hay más trabajadores sangyijuelas. En mi empresa , se dio la oportunidad de salir del erte y varios cientos dijeron NO, solo con la excusa del corona . Al final se les obligó y llegaron pidiendo vacaciones , que hay que hacer con estos empleados/as ? Pues echarlos , porque mientras unos estábamos currando para mantener el sueldo y la empresa que nos paga arriesgando nos , otros estaban plácidamente en sus casa cobrando erte innecesario ya que había trabajo de sobra . Hay que controlar a los empresarios si y bien , pero también a los empleados sinvergüenzas , no todo vale para seguir gobernando y sin impuestos a quien cobrar no tendrán a quien pagar .
Por eso no deroga la reforma laboral jajaja vaya cuento para niños.
azrael, no sap el doi que diu, naturalment que el acomiadament d'un treballador s'ha de regular, i si es empresari segur que sap que n'hi ha molts, per desgracia massa, que els acomiadaments son barra lliure perque en despedeixo un que cobra 1.500 euris i en contractaré a dos per 600 i de pas a mes hem bonificaran el augment de plantilla, aixó sensa contar amb els misserables que "tramiten la baixa voluntaria del treballador que no vol segur uns dies abans i no han de pagar el finiquit, i els pobres que desconeixen els seus drets de pas es quedan sensa l'atur ja que han partit abans voluntariament. I se de varis casos que vaig haver de dir que de cap manera signasin la "baixa" dies abans perque el empresari "l'hi volia agrair tot el temps treballat" AQui sempre s'ha dir "entre poc i massa..." i la llei laboral ha d'afavorir al més debil, que segurament segons vosté es el empresari no? A on va estudir Dret voste es pot saber?
Y si no las ponen muchos empresarios se aprovecharán, habrá despidos y con ello más problemas.
Y luego se queja la gente que solo haya contratos basura . Me sale más barato pedir presupuestos autónomos que a un trabajador
Es que los empresarios son malísimos. Solo contratan por el placer de despedir.
Pedazo de Ministra Yolanda Díaz! Correcta, educada, super preparada... a ésta no la pillan los de la oposición, menudos repasos les está dando, todo con datos, BOE, leyes... incontestable! Y trabajadora como la que más, buscando acuerdos y consensos con todos. Mejor imposible, que siga así.
Si siguen poniendo tantas pegas a cualquier despido, nadie invertirá nada. Y con razón.