De acuerdo con el texto acordado entre Gobierno, patronal sindicatos, el teletrabajo a distancia implantado por el COVID-19, y mientras dure la situación, queda fuera de la aplicación de la nueva normativa y sigue rigiéndose por la ordinaria.
No obstante, se añaden dos matices para esta forma de trabajar como consecuencia del COVID-19.
Por un lado establece que, «en todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario».
Una obligación que no queda fijada en cuanto a los gastos, aspecto en el que emplaza a la negociación de la empresa con los trabajadores.
«En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados», dice el texto.
Este era uno de los puntos de discrepancia entre las partes que este lunes por la noche lograron consensuar una postura para sacar adelante la normativa con acuerdo
En el texto cerrado, se establece para el teletrabajo ordinario, más allá de la pandemia, la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30 % de la jornada semanal durante un periodo de tres meses y la obligación del empresario de pagar los gastos en los que pueda incurrir.
Este trabajo a distancia será voluntario y reversible tanto para la persona trabajadora como para la empresa, y no supondrá un menoscabo en los derechos de quienes lo realicen respecto al resto de trabajadores en condiciones como la retribución, la estabilidad en el empleo, el tiempo de trabajo, la formación y la promoción profesional.
En cuanto a los plazos, otro de los puntos de discrepancia entre las partes, las empresas deberán recoger la ley en un convenio o acuerdo colectivo en un plazo de un año desde su publicación en el BOE o en un máximo de tres años, en caso de así acordarlo con los representantes de los trabajadores.
En el caso de que la empresa ya contara con un convenio o acuerdo colectivo de teletrabajo, deberá aplicar la nueva ley una vez éstos pierdan su vigencia.
Las empresas no podrán compensar, absorber o hacer desaparecer cualesquiera derechos o condiciones más beneficiosas que vinieran disfrutando sus teletrabajadores con carácter previo, que deberán ser reflejados en los acuerdos de trabajo a distancia.
Una vez firmado un acuerdo o convenio de teletrabajo, la empresa contará con tres meses para formalizar el acuerdo individual o para modificar los que ya tuvieran suscritos.
16 comentarios
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si no he entendido mal la noticia, habla de consumibles. Es decir, darles un paquete de folios si tienen que imprimir, un cartucho de tinta quiza, un boli y unos clips. Que serán, 5€? 10 a lo sumo? No creo que ninguna empresa se arruine. Que un pequeño extra por el Internet seria un puntazo? Bueno, tampoco pido tanto.
Esto del tele trabajo parece la panacea, pero cuidado el trabajo que puede hacerse desde casa también se puede hacer desde Colombia , Argentina, Venezuela con salarios la mitad de lo que estáis cobrando los iluminados, me parece que el chollo durará poco.
@felix. Es decir que si un trabajador vive en la misma finca de su trabajo le tienen que descontar porque se ahorra un dinero en gastos Y si vivo en la península la empresa me pagará el avion, no?? Y la empresa que se ahora alquiler de oficina (más pequeña), luz, agua, ... ?
En un país de trabajadores/as haraganes , y de empresarios jetas , no creo que salga bien . Sería perfecto si saliese , las empresas se ahorrarían unos euros de alquiler , de gastos de las oficinas y tal y los trabajadores/as , tendrían una libertad y un ahorro también , ya sea en desplazamientos , horas perdidas en atascos , los cafés y demás . Igual si fuésemos más responsables todos , las empresas tendrían beneficios gracias a la productividad y podrían contratar más o incluso darse el lujo de subir sueldos. Pero como dije habrá de los dos bandos que se aproveche de la coyuntura .
Tengo claro que si fuera una sociedad honesta, esto funcionaría, pero con el prototipo de haragan y acomodado de muchos trabajadores, será un cachondeo, si en la oficina ya usan los dispositivos para cosas personales en horario laboral, me imagino la productividad, muchas bajas inventarán los iluminados.
La empresa se ahorra mucho dinero, por ejemplo en alquiler de oficinas, gastos de luz, aire acondicionado, mobiliario, viajes, cursos presenciales... En la mía al menos se deben estar frotando las manos.
que con la miseria de sueldos que hay en las empresas privadas quieres descontar dinero de la nómina por ahorrarse el bono del bús? Miserables. Luego a llorar porque gana el PSOE+Podemos durante 300 años más.
Trabajar en casa que quieren que les paguen en el alquiler yo no daré teletrabajo seguro que era el mismo trabajador que lo haga y no sea un amigo
@Felix: tiene usted toda la razón! Sale ganando mucho más el trabajador que el empresario...y puede añadirle también la ropa, al menos en el caso de las mujeres.
Que han dicho que por trabajar cómodamente sin salir de casa, sin desplazamientos ni atascos, sin costes de combustible y de vehículo, sin tener que preparar el tupper o gastar en el bar, sin mojarte el día de lluvia o sin pasar frio, sin ducharse corriendo y trabajando en pijama, y sin perder tiempo entre ir y venir van a tener una nómina un poco más baja en compensación a todo ello? Prefiero ganar un poco menos pero con calidad. Y el wifi como ya lo pago todos los meses, lo puedo seguir usando el tiempo que no voy al trabajo y quedaría inactivo si fuese a trabajar. El pc el mio o me llevo el que usaría en la empresa.