El Pleno de la Sala Segunda del alto tribunal sigue el criterio de la Fiscalía que solicitó repetir el juicio después de que hace unos meses el Supremo anulase la condena a 6 años y medio de cárcel que se le impuso en 2012 en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Arnaldo Otegi y de los restantes condenados.
La decisión se ha adoptado por el Pleno de la Sala, compuesto por 16 magistrados, en cumplimiento del art. 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que ahora se resuelve.
La sentencia -de la que es ponente Miguel Colmenero y cuyo contenido se conocerá en los próximos días- coincide con la posición del Ministerio Fiscal que pidió celebrar un nuevo juicio para evitar que los hechos quedaran imprejuzgados ya «que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal», tras el fallo del TEDH.
Otegi y el exdirigente sindical abertzale Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto -Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez- les impuso 8 años de cárcel.
Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que acabó dando la razón a los condenados al estimar que se vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad de una magistrada que les juzgó.
En el origen del recurso al TEDH está la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: «Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta». A lo que Otegi replicó: «Yo también sabía que lo iba a preguntar».
Otegi, que salió de prisión en marzo de 2016, recurrió la parcialidad de Murillo en este juicio, y el Supremo le dio la razón, pero no ocurrió lo mismo con respecto a la recusación de la jueza en la causa de Bateragune.
Para Estrasburgo, aceptar la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegi en un caso y rechazarla en otro procedimiento diferente contra él solo unos meses después vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
24 comentarios
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Ojalá no saliera de la cárcel en su vida!
@@Kendu, y usted al parecer tampoco, porque de haberlo hecho habría escrito algún argumento, y no solo la cabecera de su tesis.
Perdone , pero usted no se ha enterado de nada, ni se ha leído la sentencia del Tribunal Europeo de derechos Humanos.
Si se recurre al Tribunal Europeo se hace con todas las consecuencias. El Tribunal Supremo no hace más que seguir las indicaciones del Europeo que ORDENA , repetir el juicio por la vulneración del derecho a un juez imparcial tanto de Arnaldo Otegi, como del resto de los acusados. Lo que no se puede hacer es aceptar lo que dice el Tribunal Europeo cuando te conviene, y criticar cuando el fallo no te gusta. Si se repite y le condenan , ya ha cumplido la pena y si lo absuelven tendrá derecho a una indemnización , como ha pasado en otros casos sin relación con el terrorismo.
Pierdan toda esperanza ,poco y nada pasara...si no tiempo al tiempo
Vaya tontería. Incluso si le condenasen en el segundo juicio, ya ha cumplido la condena. Ganas de mover papeles y seguir con el circo.
ahora solo falta el pablo iglesias y pedro sanches por el daño que estan haciendo
!!Esperemos que ahora el alto Tribunal se de cuenta de su fallo en el anterior juicio e imponga a Otegui y a sus secuaces asesinos el doble de la pena, o sea 20 años de talego!!!
Gentuza por eso están con el gobierno
Los separatas siempre hablan de justicia "europea", y cuando la tienen no les gusta. Ahí el caso de un tal Baltonic.