La mascarilla no será obligatoria en los campos de fútbol.

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Las competiciones deportivas multitudinarias figuran entre los escenarios en los que el Gobierno recomienda hacer a partir de ahora «un uso responsable de las mascarillas», que han dejado de ser obligatorias en interiores tras el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros. En la rueda de prensa posterior al Consejo, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, mencionó específicamente «los partidos fútbol o baloncesto, tanto en interiores como en exteriores» entre los posibles «eventos multitudinarios y aglomeraciones» en los que, sin ser ya obligatoria la mascarilla, «se aconseja un uso responsable».

En el caso de los cines, teatros, conciertos, y otros eventos culturales, la mascarilla también deja de ser obligatoria. Aunque, como siempre, el Ejecutivo vuelve a hacer un llamamiento a la responsabilidad individual de los ciudadanos.

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Este uso está encaminado a proteger a la población vulnerable (ancianos, inmunodeprimidos, embarazadas...) allí donde no sea posible mantener la distancia de seguridad. Las únicas excepciones a la no obligatoriedad de las mascarillas en interiores son los centros, servicios y establecimientos sanitarios, las residencias de mayores para trabajadores y visitantes y los medios de transporte.

¿Dónde hay que seguir llevándola?

En cualquier caso, los españoles aún no se desprenderán del todo de la mascarilla, ya que seguirá siendo obligatoria en determinados ambientes, «en razón de la vulnerabilidad» de las personas que los suelen ocupar. Por ejemplo, habrá que seguir llevándola en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión de sangre o farmacias. En los hospitales, sin embargo, las personas ingresadas estarán exentas de llevarla cuando estén en su habitación.

La mascarilla en interiores también se deberá llevar en centros sociosanitarios como residencias de mayores, aunque no será obligatoria para los ancianos pero sí para los trabajadores y los familiares que realicen visitas. Igualmente, la mascarilla aún será obligatoria en transporte aéreo, ferrocarril, cable, autobuses y cualquier tipo de medio público. En los barcos, se deberá llevar cuando "no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros".