De esta forma, el área del que dependen, entre otras, las carreteras de la Isla se suma a otras instituciones y departamentos autonómicos, como el Colegio de Arquitectos y la Direcció General d'Habitatge o la d'Educació, que rechazan parte del contenido del texto que define el futuro urbanístico del municipio para los próximos 20 años.
En el caso del departamento insular, sus conclusiones son aplastantes en algunos puntos relacionados con la incidencia de la normativa en la circulación de vehículos en Palma.
En este sentido, por ejemplo, califica de «ilegal» el proyecto para soterrar y cambiar el trazado de un tramo de la vía de cintura dentro de una actuación de transformación urbanística «por la falta de cualquier amparo normativo y competencial». Recuerda, por tanto, que Cort no tiene competencias para proyectar los cambios que propone.
Asimismo, critica que se propongan medidas «con grandes restricciones a la movilidad interior por las calles de la ciudad (superislas, urbanismo táctico....) que necesariamente provocan el previsible colapso de la red viaria supramunicipal donde se dirigirá sin alternativa el trafico», es decir avisa que el proyecto desviará aún más vehículos a la vía de cintura y sus accesos.
El informe desfavorable de Mobilitat, fechado el dos de febrero de este año, también señala que no se ha incluido en la documentación «el análisis y la evaluación de la capacidad de carga» y pide que elimine de todo el Plan «cualquier referencia, detalle y concreción de actuaciones en la red viaria del Consell».
En el caso de los espacios libres públicos propuestos «no se pueden considerar en ningún caso como parques y jardines en cumplimiento del estándar exigido en la ley ya que, además de la necesaria ubicación en suelo urbano, infringen por su ubicación a zonas de afección acústica de carreteras o están proyectados dentro de áreas inundables. Es por eso que piden que no se compute los espacios libres incluidos en zonas con incidencia acústica como parques y jardines públicos.
El apunte
El dictamen favorable del área del Consell Insular es, en principio, vinculante y obligatorio
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