La extensión mínima para poder edificar en el suelo rústico de
Llubí quedará establecido en 28.000 metros cuadrados, casi el doble
de los 15.000 m2 anteriores. En cuanto a la segregación de fincas
rústicas, el mínimo legal pasará de los 30.000 m2 a 200 m2.
Así ha quedado reflejado en la modificación de la normativa
urbanística del municipio de Llubí y que fue presentada por el
equipo de gobierno (PSM-UM) a los vecinos del municipio. En la
modificación del planeamiento también se contempla la posibilidad
de arreglar y ampliar las casas de campo siempre que tengan un
mínimo de 40 metros cuadrados.
El portavoz del PP, Tomàs Campaner, explicó que su grupo
consideraba excesivos los nuevos baremos de 28.000 y 200.000 m2
establecidos por el actual equipo de gobierno. Los populares habían
intentado defender propuestas menos conservacionistas.
En la pasada legislatura, el Consistorio aprobó en el pleno, con
la abstención del PP y con los votos del PSM y UM, la revisión de
las Normas Subsidiarias. Los estudios realizados por el geógrafo
Antoni Marcús dio a conocer una serie de datos sobre las
edificaciones rústicas.
Con estos datos, según Marcús, si se optaba por los 15.000
metros cuadrados serían 201 las parcelas rústicas que podría
edificarse en lugar de las 87 que podrán hacerlo si se aprueba la
normativa de los 28.000 metros cuadrados.
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