La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de
Balears ha confirmado la decisión del Ajuntament d'Alaró de denegar
la licencia de obras a la empresa Aguas de Lluc SA para instalar un
almacén agrícola destinado al agua embotellada.
Cuando la empresa solicitó el permiso para esta edificación, en
diciembre de 1996, el Consistorio alegó que las obras previstas se
situaban dentro de unos terrenos considerados como elemento
paisajístico singular, donde no se permite ningún tipo de obra,
según la normativa urbanística municipal de 1995. Aguas de Lluc
argumentó que el Ajuntament se equivocó cuando situó la nave porque
se encontraba fuera de esta delimitación paisajística y que en esta
zona ya había otras construcciones con licencia municipal. Por otra
parte, la sentencia del TSJB acepta la puntuación de un perito en
cartografía en el sentido de que la anticuada base cartográfica del
planeamiento no permite diferencia la divisoria entre Alaró y
Lloseta.
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