PATRICIO CANDIA/C.R.G.
El pacto «antitransfuguismo» firmado por los candidatos de Unió Mallorquina (UM) de Calvià el 19 de mayo de 2003 incurrió «en una infracción de la Constitución», según la sentencia dictada ayer por la titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Palma, lo cual determina su «ilicitud» y «nulidad». Por ello, absuelve al «tránsfuga» Joan Thomàs y desestima la demanda presentada por Isidre Cañellas, María Yolanda Tomás, Macià Cantarero y Sebastià Genovard, que reclamaban tres millones de euros al edil, ahora en las filas del Grupo Mixto. De ese contrato «antitransfuguismo», por el cual los candidatos de UM a las elecciones municipales de 2003 se comprometían a mantener fidelidad a UM «no puede derivarse ninguna eficacia», señala la resolución. Thomàs rompió la disciplina del comité local de UM en Calvià, que había acordado el 26 de julio de 2005 votar en contra de la recepción de la urbanización de Nova Santa Ponça, propiedad de la familia Nigorra. El edil tránsfuga abandonó sus cargos en UM tras apoyar al PP en esa votación, pero no entregó su acta de concejal que la mantiene.
CalviÃ
La jueza falla que el pacto de fidelidad de UM es inconstitucional y absuelve a Thomàs
La sentencia desestima la demanda de la cúpula de la formación nacionalista del municipio
03/05/06 0:00
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