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Un vecino de Porto Cristo será indemnizado con 64.100 euros por los daños patrimoniales y psicológicos que sufrió como consecuencia de la actividad musical desarrollada en el exterior del bar-restaurante C'an Bernat de sa Parra, en Porto Cristo. Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que estimó en parte el recurso presentado por J.S.T, defendido por el letrado Miguel Nebot, en contra del Ajuntament de Manacor.

El vecino, que exigía 108.000 euros, afirmó en el desarrollo del litigio que se había gastado 10.036 euros en la sustitución de cristales y pruebas sonométricas para escapar del ruido que emitía el bar en su actividad musical. Tras presentar diversas denuncias, sin éxito, decidió vender la vivienda asegurando que sufrió perjuicio por demérito de 54.091 euros, y pasó a residir en vivienda alquilada en enero de 2000 a razón de 450 euros mensuales.

El Ajuntament, por su parte, reconoció que el bar-restaurante carecía de licencia de apertura y que, en todo caso, el asunto «no le atañe» por considerarlo «enmarcado en exclusiva dentro de las relaciones de vecindad entre el recurrente y el propietario del patio trasero».

La sentencia de los magistrados del TSJB critica con dureza al Ajuntament de Manacor en el apartado sexto de los fundamentos de derecho: «Como quiera que faltaba la licencia de apertura en relación a la actividad musical en el local del caso, incluso con independencia de cual fuera su insonorización, de si se daban o faltaban denuncias por esa razón por ruidos y molestias,... el Ayuntamiento, por Ley, se encontraba obligado a imponer la paralización y clausura de la actividad, y nada de eso ha hecho». Por ello, la resolución señala que ese incumplimiento de la Alcaldía se ha traducido «en los perjuicios que el señor S. ha padecido, de modo que en el caso concurre relación causal entre la pasividad municipal y el daño».