Boris Becker ha procedido a realizar diversas obras en su chalet situado en la finca de Son Coll en Artà.

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El tenista alemán Boris Becker ha ganado, en parte, su primera batalla judicial en Mallorca. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha admitido parcialmente el recurso presentado por Becker en contra de una resolución de la Comisión de Urbanismo del Consell de Mallorca del 25 de mayo de 2005 por la cual le imponía una sanción de 214.193,40 euros por infracción urbanística grave. La Sala da la razón al tenista al modificar la sanción sobre las obras de tenis y a una cancha de baloncesto construida en el chalet de Becker en Artà, obras valoradas en 15.678 y 9.333 euros, respectivamente. La sentencia, sin embargo, no concreta la cifra total de esta rebaja.

El tenista germano fue sancionado, en resolución dictada por una juez de lo contencioso, por las obras realizadas en su chalet de Artà, que consistieron en la reforma y ampliación de una vivienda unifamiliar aislada existente en que se transformaron las pérgolas y cuerpos de edificación anexos a los existentes que suponen un aumento de ocupación y volumen, así como la construcción de un aljibe y una pista de tenis.

Becker no negó la realidad de las obras ejecutadas al margen de la licencia, pero se opuso alegando que habían existido defectos formales en la propuesta de la resolución sancionadora, ausencia de culpa, errónea valoración de las obras que han de considerarse para cuantificar la sanción y falta de motivación de la referida valoración.

Además, invocó que, como ciudadano extranjero, desconocía «totalmente» la legalidad urbanística, por lo que encargó el proyecto y dirección de las obras a un arquitecto y la ejecución a una empresa privada y que se ejecutaron «teniendo en cuenta lo que esos profesionales decidieron».

El TSJB rechazó esta argumentación ya que, como propietario de la vivienda, «cabe suponer que las obras se realizaban conforme a sus preferencias, por lo que debe entenderse que se realizaron con su consentimiento, lo que implica dolo o culpa».

Pero, en lo que sí la Sala da la razón al tenista, ex número uno del mundo, es en lo referente a que obras distintas, que respondan a funciones separadas (pista de tenis y baloncesto), «son susceptibles de ser tratadas separadamente a efectos de determinación de la sanción aplicable», según la sentencia, cuyo ponente fue el magistrado Fernando Socías. La resolución desvincula la pista de tenis y la cancha de baloncesto del resto de las obras denunciadas por la Comisión de Urbanismo del Consell de Mallorca, como la reforma y ampliación de la viviencia y la construcción de un aljibe. Recuerda, además, que en el caso de disciplina urbanística «se suman las sanciones para cada hecho infractor, es decir, se sancionan todas y cada una de las acciones, por lo que cabe invocar la aplicación de un criterio penal destinado, precisamente, para reducir el efecto de la suma acumulada de penas».

La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.