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El incumplimiento de los horarios por parte de establecimientos comerciales y hoteleros o espectáculos públicos y actividades recreativas podrá ser penado con sanciones que van de los 600 a los 60.000 euros. Hasta ahora no había ningún tipo de normas y el horario de estos establecimientos no estaba regulado. Ante las quejas vecinales ni el Ajuntament ni la Policía Local podían actuar. Ahora ya no habrá excusas. El pleno aprobó una nueva ordenanza que regula los horarios de estos establecimientos comerciales.

El objetivo de esta ordenanza es poner orden en este ámbito. Obedece a la necesidad de unir de forma razonable y conforme a la legislación vigente, el derecho a la actividad empresarial de hostelería, el derecho de los ciudadanos a disfrutar de los locales de ocio, junto con el descanso y evitar molestias a vecinos y visitantes. Esta nueva normativa afecta a restaurantes, bares, cafés, cafeterías (que pueden estar abiertas de 08.00 a 03.00), bares musicales, bingos, salas de juego (de 12.00 a 04.00); discotecas y salas de fiesta (de 12.00 a 06.00) y salas recreativas (de 10.30 a 03.00). Los horarios se rigen por categorías y se establecen excepciones como por ejemplo puedan ser fiestas populares y horarios especiales, previa autorización.