El puente del Riuet, en Porto Cristo, permanece cerrado al tráfico. | G. Alonso

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El TSJB cree que el decreto-ley que aprobó el Parlament para indultar el puente del Riuet choca hasta con cuatro artículos de la Constitución. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha comunicado una providencia al Ajuntament, los vecinos afectados y a la Fiscalía en la que anuncia su intención de remitir el asunto al Tribunal Constitucional.

Así, el TSJB basa, entre otros argumentos, su decisión en que durante el debate parlamentario de la sesión de mayo de 2010 se extrae que la Ley se buscaba «impedir la ejecución de la sentencia» de demolición. Por ello se recuerda que el alcalde de Manacor, Antoni Pastor, era portavoz adjunto del Partido Popular, grupo parlamentario que auspició la Ley con el apoyo de Unió Mallorquina.

El documento indica que el artículo 7 del decreto ley sólo tiene sentido para este caso y que se aprobó en comisión con los votos de PP y UM. La sala recuerda que entonces el portavoz de Unió Mallorquina, Josep Melià, justificó su voto favorable porque «hay un problema en Manacor con el puente del Riuet».

Debate

Junto a los argumentos exhibidos en el debate parlamentario, el TSJB también se remite a la evidencia de que la única infraestructura afectada por esta norma y sobre la que pesa una sentencia judicial firme es el puente. De hecho afirma: «El artículo resulta prácticamente inocuo para cualquier otra obra pública. Por tanto puede ser considerado una norma de caso y, acaso arbitraria, por no tener más razón de ser que la que se deduce del debate parlamentario, es decir, impedir la ejecución de la sentencia». De hecho, se indica en la providencia que la norma se aprobó treinta meses después de que el Supremo hubiera decidido que el puente era ilegal y también con posterioridad a que se resolviera una alegación del Ajuntament que decía que el derribo era imposible.

El TSJB pide a las partes que se pronuncien sobre la ley aprobada para salvar el puente y si ésta es constitucional o no. Una vez que pase el plazo de diez días que ha dado a las partes resolverá en un auto el envío al Tribunal Constitucional. En ese auto, se dirimirá también si hasta que haya una decisión judicial sobre esta cuestión se mantiene cerrado el puente o se permite su reapertura al tráfico.

El envío al Constitucional sí paralizaría de forma inmediata los trámites para derrumbar el puente. Al poderse prolongar durante un tiempo amplio mientras se tiene una resolución judicial, queda pendiente saber si el puente quedará abierto o no. Esa decisión será tomada por el TSJB.

El Constitucional será de esta manera la última vía para impedir el derrumbe, una vez que el acuerdo al que llegó el Ajuntament con los propietarios que recurrieron contra el puente quedó en papel mojado. El pacto estaba condicionado a que el TSJB paralizara el derrumbe. Sin embargo, la Sala informó que en el momento actual, una vez que hay una sentencia firme, la retirada de la demanda no tendría ningún efecto legal. Por lo tanto, los vecinos solicitaron continuar como parte interesada en la ejecución de la sentencia. Es decir, en tirar el puente.