La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB ha estimado el recurso interpuesto por la empresa que regenta el hotel contra el expediente abierto por la Demarcación de Costas y la sanción que derivó de él, y ha declarado que ni el procedimiento ni la multa son conformes a derecho y que en este caso existen «dudas de hecho y de derecho».
La multa de 27.346 euros la interpuso Costas al hotel en agosto de 2011 por interrumpir el acceso rodado al mar por la vía A-160 mediante la colocación de guardas de seguridad, al considerar que constituye una infracción de dos apartados del artículo 91 de la Ley de Costas.
La empresa Inmobiliaria Formentor recurrió la sanción por considerar que el expediente no especifica el tipo legal supuestamente infringido y que la resolución sancionadora «está huérfana por completo de la más mínima motivación» acerca de la culpabilidad de la sancionada.
El tribunal afirma en la sentencia que el procedimiento sancionador está regido por principio de culpabilidad y que «la culpa ni se presume ni se supone, sino que debe justificarse adecuadamente».
La sala señala que la sanción «seguramente» tiene su origen en la problemática del acceso libre al litoral derivada de «la indeseable combinación del irrefrenable deseo de la gente de acercarse al máximo posible al mar con sus propios vehículos y la obstaculización ilícita, injusta y clandestina que con ello se ocasiona, a veces sin remedio, del tráfico rodado en vías públicas o privadas».
El caso afecta a la intersección de la carretera Ma-2210 y la A-160 o calle Formentor, que conduce al hotel del mismo nombre.
La sala explica que ese cruce está más cerca del mar que el espacio habilitado para aparcar los vehículos de la gente que va a la playa, y además la calle Formentor «a primera vista se aproxima al mar, en tanto que la Ma-2210 se aleja hacia el cabo».
Según la empresa sancionada, esta situación produce una aglomeración de vehículos que ni pueden aparcar en esa calle ni se dirigen al hotel.
El tribunal relata que, para paliar este problema, a los responsables del hotel se les ocurrió colocar un guarda de seguridad en la intersección que, según ellos, informa a los vehículos que se dirigen a la playa de que deben ir a aparcar al estacionamiento habilitado para ello, pero que la Administración considera que se dedica a «impedir el libre acceso al mar».
Los jueces consideran que los hechos pueden ser como dicen los demandantes o como considera la Administración y que «muy probablemente, una leal comunicación entre las partes puede despejar de cuajo las dudas que puede abrigar la Administración».
La sala advierte de que, si los responsables del hotel persisten en esa actuación en contra del criterio de la Administración, pueden ser de nuevo sancionados, pero «tendrá que serlo», fijando qué infracción cometen y también «ofreciendo una motivación suficiente de la concurrencia de culpa», que puede basarse en el precedente que se resuelve mediante esta sentencia.
9 comentarios
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una altra vergonya de Mallorca
Vigilante de seguridad armado o un simple "guarda", ejerciendo en la via publica? Como te niega el paso u obliga a retroceder? En el momento que este, estos te pongan una mano encima se les cae el pelo. Ahi si que ni el hotel ni le empresa de seguridad responsable se hara carga de que les denuncien por estralimitarse en sus funciones. Los vigilantes saben bien cuales son sus limites. Y lo que resultaria de denunciarlos. Yo tiro pa lante haber si "el" tiene narices de llamar a la guardia civil.
"Por nuestra economía." la playa es de todos y no solo del hotel.
La gente que va a esa playa molesta mucho al hotel y a los huéspedes, creo que es una forma muy eficaz de disuadir a los tumultos y tener una playa en condiciones para los visitantes. Por favor no estorbar y dejar al hotel trabajar como mejor considere. Gracias.
Y que hace seguridad privada ejeviendo su función en vías públicas. No pueden ser multados por eso?
Viniendo de Costas, para mi , tiene la presunción de falso y destinado a cobrar dinero como sea. ya se han significado demasiadas veces y con varios jefes de demarcación distintos. Les pueden poner a Costas y a Autoridad Portuaria en un mismo recinto para que hagan ejercicios de reciclaje y lógica. Y lo siento por los funcionarios honrados que de seguro los hay dentro de esos organismos, pero que no se han significado ni retratado cuando las corrupciones eran lo " normal". A mi al de los cuadros, ninguno, desde luego.
Ah, dicen que no se podía aparcar en esa "calle".. ¿y la señal de prohibición?.. o la marca vial en el suelo? ... NO está?... Pues se puede aparcar si no interrumpe el tráfico ni molesta. PUNTO.
Ese segurata el verano pasado impedia el paso a los vehiculos, hacia detenerse a los coches y preguntaba adonde iban, si decias que a la playa no te dejaba pasar y si decias que ibas al hotel si, unos que iban delante de mi, chicos jovenes, dijeron que iban al hotel, llamo por el walki pidiendo informacion y los echo hacia atras. El hotel en cuestion se pasa por el forro la normativa y todo son problemas. deberia de estar ahi la guardia civil para evitar esos cortes de carretera y esos impedimentos d epaso.
O sea, que pueden ser multados de nuevo. ¿Para qué, para que luego en el juzgado se pasen la multa por todo el forro de los caprichos? ¿En qué quedamos, pueden multar o no? Vaya jueces tenemos, por favor.