El Gobierno dio ayer luz verde al Real Decreto que establece el
procedimiento para la regularización de los extranjeros que se
encuentren en una situación irregular en España. Según esta norma,
podrán obtener un permiso de trabajo y/o de residencia los
extranjeros que se encuentren en España de forma continuada antes
del 1 de junio de 1999, y que cumplan una serie de requisitos.
De esta forma, se exige que hayan sido titulares de un permiso
de trabajo y/o de residencia en algún momento de los últimos tres
años antes del 1 de febrero, fecha en la que entró en vigor de la
Ley Orgánica, o que hayan solicitado alguno de estos permisos antes
del 31 de marzo de 2000. Además es imprescindible que no tengan
causas de expulsión, ni tengan prohibida la entrada en España o un
proceso judicial penal en curso. Por otro lado, pueden solicitar el
permiso los que hayan formalizado la solicitud de asilo hasta el 1
de febrero de 2000, siempre que no tengan en marcha ninguna causa
de expulsión. El plazo de presentación de las solicitudes comienza
el 21 de marzo y finaliza el 31 de julio de 2000. La regularización
consistirá en la concesión de un permiso de trabajo y/o residencia
inicial.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.