Los ayuntamientos pueden exigir a los ciudadanos el pago inmediato
de la tasa municipal correspondiente para devolver los vehículos
que hayan sido retirados de la vía pública por estar mal aparcados,
según el Supremo.
La jurisprudencia del Supremo señala que las Ordenanzas
Municipales reguladoras de las zonas de estacionamiento de
vehículos pueden limitar el tiempo máximo que se permita mantener
estacionado un vehículo en un mismo lugar situado dentro de
aquellas zonas.
En los supuestos en que se mantenga estacionado un vehículo en
dichas zonas por encima del máximo tiempo permitido por la
Ordenanza Municipal, «existe habilitación legal para que dicha
Ordenanza prevea la aplicación de una medida cautelar consistente
en la retirada del vehículo y su traslado al depósito municipal,
aparte la posibilidad de que tal actuación pueda ser constitutiva
de infracción administrativa determinante de sanción».
La Ley de Haciendas Locales establece que «los Ayuntamientos
podrán establecer tasas por la realización de actuaciones
singulares de regulación y control del tráfico urbano, tendentes a
facilitar la circulación de vehículos y distintas a las habituales
de ordenación del tráfico por la Policía Municipal».
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