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EFE-TARRAGONA La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Tarragona absolvió ayer al rector de la Universidad Rovira i Virgili (URV), Lluís Arola, y al coordinador de las pruebas de Selectividad, Joan Igual, del delito de prevaricación del que estaban acusados por haber apartado de estas pruebas a una profesora que repartió exámenes en idioma castellano. Pese a que la sentencia considera que no hubo delito de prevaricación, el fallo judicial reconoce que existieron «despropósitos administrativos» y una manera de actuar que el tribunal critica, aunque ésta, dice la resolución, se basó en la normativa de las pruebas de la selectividad de la Generalitat.

La sentencia hecha pública ayer señala que Arola e Igual actuaron de acuerdo con la legalidad y recuerda que para cometer delito de prevaricación los acusados debían actuar a sabiendas y «teniendo plena conciencia (..) de que se ocasiona un resultado materialmente injusto». Aún así, «no cabe duda de la existencia de una continuidad de despropósitos administrativos», según reza la sentencia, que critica que los acusados no contrastasen el escrito inicial del Defensor del Pueblo con las quejas de los profesores José María Fernández y Josefina Albert (la denunciante), «ni recabaron, ni tan solo solicitaron su parecer sobre lo sucedido, pero tal referencia no implica de forma alguna que constituya ilícito penal alguno».

Los dos profesores de la URV denunciaron ante el Defensor del Pueblo, antes de ser apartados de las pruebas, que los alumnos castellanohablantes estaban discriminados en la Selectividad puesto que únicamente se repartían ejemplares de exámenes en catalán. José María Fernández elevó un escrito transmitiendo su preocupación en relación a la constitucionalidad de la normativa lingüística de las pruebas de acceso a la universidad (PAAU). La profesora Josefina Albert fotocopió y entregó exámenes en castellano a dos alumnos que se iban a examinar sin comunicarlo al tribunal, actuando en contra de la normativa, por lo que fue excluida.

La sentencia del juzgado tarraconense reconoce, asimismo, que los dos acusados de prevaricación «aplicaron lo que creían que era correcto sin que conste certeramente que existiera un ánimo de perjudicar, no considerando los mismos que dicha normativa podía ser ilegal».